A- de 2024
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Carolina Torres Gomez·Demandado Juzgado Octavo Administrativo De Bucaramanga Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Juez no le es dado declinar su competencia bajo el pretexto de hacer una adecuada aplicación de las normas atinentes al reparto
- Los únicos factores de competencia en materia de tutela son el territorial, el subjetivo y el funcional
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
- Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Administrativo de Santander y el Juzgado Séptimo Civil Municipal de Bucaramanga.
Encontró la Corte que en este caso sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el primer despacho aplicó las reglas de reparto previstas por el Decreto 333 de 2021 para apartarse del conocimiento de algunas pretensiones de la demanda, además de escindir la acción de tutela, argumentado que las reclamaciones dirigidas contra la Secretaría de Educación de Bucaramanga debían ser conocidas por los jueces municipales.
Se dirimió la controversia con la remisión del expediente al Tribunal Administrativo de Santander, para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión a la que haya lugar. se hizo una advertencia a esta Corporación para que, reglas de reparto, pues ello desconoce la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- Primero. DEJAR PARCIALMENTE SIN EFECTOS el auto del 19 de junio de 2024, dictado por el Tribunal Administrativo de Santander, en el marco de la acción de tutela promovida por Carolina Torres Gómez en contra de Juzgado
- Octavo. Administrativo Oral de Bucaramanga y la Secretaría de Educación de Bucaramanga, en lo que respecta a los resolutivos
- primero. y
- segundo. de dicha providencia.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4716 al Tribunal Administrativo de Santander, para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión a la que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Tribunal Administrativo de Santander que, en lo sucesivo, se abstenga de escindir las acciones de tutela con fundamento en reglas de reparto, pues ello desconoce la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
- Cuarto. Por Secretaría General, COMUNICAR a la parte actora y al Juzgado
- Séptimo. Civil Municipal de Bucaramanga la decisión adoptada mediante esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.