Micelio
Auto8 de agosto de 2024

A- de 2024

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Carolina Torres Gomez·Demandado Juzgado Octavo Administrativo De Bucaramanga Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Juez no le es dado declinar su competencia bajo el pretexto de hacer una adecuada aplicación de las normas atinentes al reparto
Conflicto De Competencia En Tutela
  • Los únicos factores de competencia en materia de tutela son el territorial, el subjetivo y el funcional
Conflicto De Competencia Aparente
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Corte Constitucional
  • Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Administrativo de Santander y el Juzgado Séptimo Civil Municipal de Bucaramanga.

Encontró la Corte que en este caso sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el primer despacho aplicó las reglas de reparto previstas por el Decreto 333 de 2021 para apartarse del conocimiento de algunas pretensiones de la demanda, además de escindir la acción de tutela, argumentado que las reclamaciones dirigidas contra la Secretaría de Educación de Bucaramanga debían ser conocidas por los jueces municipales.

Se dirimió la controversia con la remisión del expediente al Tribunal Administrativo de Santander, para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión a la que haya lugar. se hizo una advertencia a esta Corporación para que, reglas de reparto, pues ello desconoce la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. Primero. DEJAR PARCIALMENTE SIN EFECTOS el auto del 19 de junio de 2024, dictado por el Tribunal Administrativo de Santander, en el marco de la acción de tutela promovida por Carolina Torres Gómez en contra de Juzgado
  2. Octavo. Administrativo Oral de Bucaramanga y la Secretaría de Educación de Bucaramanga, en lo que respecta a los resolutivos
  3. primero. y
  4. segundo. de dicha providencia.
  5. Segundo. REMITIR el expediente ICC-4716 al Tribunal Administrativo de Santander, para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión a la que haya lugar.
  6. Tercero. ADVERTIR al Tribunal Administrativo de Santander que, en lo sucesivo, se abstenga de escindir las acciones de tutela con fundamento en reglas de reparto, pues ello desconoce la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
  7. Cuarto. Por Secretaría General, COMUNICAR a la parte actora y al Juzgado
  8. Séptimo. Civil Municipal de Bucaramanga la decisión adoptada mediante esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.