Micelio
Auto30 de marzo de 2001

A- de 2001

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Mejia Uron Sonia Ruth·Demandado Fondo Nacional De Prestaciones Del Magisterio

Tema · dato duro
Solicitud Nulidad Por Conflicto De Competencia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se declaró la nulidad de todo lo actuado en la acción de tutela promovida por los ciudadanos de la referencia en contra del Fondo Nacional de Prestaciones del Magisterio a partir del auto proferido por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Ocaña.

Lo anterior, porque el citado despacho judicial aplicó lo dispuesto en el Art. 1 del Decreto 1382 de 2000, norma que es manifiestamente contraria a la Carta Política.

En consecuencia, se remitió el expediente al mencionado Juzgado para que realice el trámite que corresponda conforme a la ley.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DECLARAR la nulidad de todo lo actuado en la accion de tutela promovida por los senores Sonia Ruth Mejia Uron y Wilmer Arenas Vergel en contra del Fondo Nacional de Prestaciones del Magisterio a partir del auto del 7 de septiembre de 2000 proferido por el Juzgado
  2. Segundo. Penal del Circuito de Ocana.
  3. Segundo. REMITASE el expediente al Juzgado
  4. Segundo. Penal del Circuito de Ocana para que, de forma inmediata se le imprima a esta accion de tutela el tramite que corresponda conforme a la Ley.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.