Micelio
Auto12 de julio de 2023

A- de 2023

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Clinica Medical Sas·Demandado Union Temporal Medisalud

Tema · dato duro
Controversia Sobre Devolución O Glosas A Las Facturas Correspondientes A La Prestación De Servicios Médicos En Eventos En Los Que No Intervengan Entidades Públicas.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Controversias sobre devoluciones o glosas a las facturas correspondientes a la prestación de servicios médicos en eventos en los que no intervengan entidades públicas
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre la Superintendencia Nacional de Salud y el Juzgado Quinto Administrativo Oral del Circuito Judicial de Tunja.

La controversia fue originada por demanda contra la Unión Temporal Medisalud UT, presentada ante la Superintendencia Nacional de Salud con el fin de dirimir el conflicto de glosas suscitado entre las dos entidades y solicita se ordene el pago de los valores por concepto de la prestación del servicio de salud.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena concluye que el conocimiento de controversias que versen sobre devoluciones o glosas a las facturas correspondientes a la prestación de servicios médicos a usuarios afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, en los eventos en los que no intervengan entidades pública, corresponde a la Jurisdicción Ordinaria Civil, de conformidad con el artículo 12 de la Ley Estatutaria de Administración de Justicia y en el artículo 15 del Código General del Proceso.

La Corte decide remitir el expediente a la Oficina de Reparto de los Juzgados Civiles del Circuito de Tunja para los de su competencia y para que comunique la decisión a la Superintendencia Nacional de Salud y al Juzgado Quinto Administrativo Oral del Circuito Judicial de Tunja y a las partes procesales.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Superintendencia Nacional de Salud y el Juzgado
  2. Quinto. Administrativo Oral del Circuito Judicial de Tunja en el sentido de DECLARAR la jurisdicción ordinaria civil es la competente para conocer la demanda de glosas promovida por Clínica Medical S.A.S en contra de la Unión Temporal Medisalud UT.
  3. Segundo. REMITIR el expediente CJU-1566 a la Oficina de Reparto de los Juzgados Civiles del Circuito de Tunja para lo de su competencia y para que le comunique esta decisión a la Superintendencia Nacional de Salud y al Juzgado
  4. Quinto. Administrativo Oral del Circuito Judicial de Tunja, y también a las partes procesales.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.