Micelio
Auto1 de agosto de 2024

A- de 2024

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Unidad Administrativa Especial De Gestion Pensional Y Contribuciones Parafiscales De La Proteccion Social Ugpp·Demandado Mosquera Castillo Ana Isabel

Tema · dato duro
Acción De Lesividad Promovida Por La Ugpp Contra Actos Administrativos Que Tratan Sobre Contenido Pensional-Restablecimiento Del Derecho, Solicita La Devolución Indexada De Las Sumas Pagadas En Exceso.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, suscitado entre el Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Buenaventura y el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de la misma ciudad.

La causa de la controversia radica en una demanda en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social, en contra de una ciudadana, con la pretensión, entre otras, de que se declare que la demandada no tiene derecho a la reliquidación y otros ajustes de la pensión de jubilación, contenidas en varias resoluciones emitidas por la entidad demandante y solicita la devolución de todas las sumas pagadas en exceso, junto con la indexación y costas del proceso.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera que el caso se ajusta a lo previsto por el Auto 316 de 2021 y resuelve en reiteración de la regla de decisión allí contenida, según la cual, cuando la administración demanda un acto propio, en virtud de una subrogación de derechos y obligaciones, en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, el conocimiento del asunto será competencia de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 97 y 104 de la Ley 1437 de 2011.

Por consiguiente, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Buenaventura para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado Tercero Laboral del Circuito de la misma ciudad y a los interesados en este trámite.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el presente conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  2. Tercero. Administrativo Oral del Circuito de Buenaventura es la autoridad competente para conocer la demanda presentada por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social - UGPP contra Ana Isabel Mosquera Murillo.
  3. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-5562 al Juzgado
  4. Tercero. Administrativo Oral del Circuito de Buenaventura para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado
  5. Tercero. Laboral del Circuito de la misma ciudad y a los interesados en este trámite.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.