Micelio
Auto21 de mayo de 2008

A- de 2008

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Pedro Antonio Duarte Gonzalez Vs. Tribunal Superior, Defensoria Del Pueblo De Valledupar, Procuraduria Regional Del Cesar, Procuraduria General De La Nacion Y Otros

Tema · dato duro
Conflicto Negativo De Competencia Aparente Entre Corte Suprema De Justicia Sala De Casacion Penal Y Consejo De Estado Sala De Lo Contencioso Administrativo Seccion Cuarta. Tutelante No Especifico Especialidad Del Tribunal Superior Decreto 1382 De 2000. Conocimiento Del Consejo De Estado. Estado De Derecho. Competencia De Autoridades Publicas Y Distintas Jurisdicciones. Juez Natural.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

5 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. Remitir, por intermedio de Secretaria General, el expediente de la referencia a la Seccion Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, para que ejerciendo sus competencias constitucionales y legales, resuelva la accion de tutela de Pedro Antonio Duarte Gonzalez contra el Tribunal Administrativo del Cesar, la Defensoria del Pueblo seccional Valledupar, la Procuraduria Regional del Cesar, la Procuraduria General de la Nacion, el Director de Epecamsual, el Director General del Inpec, el Director de la Carcel La Dorada.
  2. Segundo. Comunicar, por medio de Secretaria General, el presente auto a la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia, con el fin de que tenga conocimiento sobre lo aqui resuelto por la Corte Constitucional. Para el efecto se remitira copia de la presente providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.