Micelio
Auto10 de septiembre de 2026

A-1289 de 2026

✓
Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Sin información

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 009 Municipal de Peque�as Causas Laborales de Medell�n y el Juzgado 038 Administrativo Oral de Medell�n, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 009 Municipal de Peque�as Causas Laborales de Medell�n es el competente para conocer la demanda instaurada por el se�or Iv�n Dar�o V�lez Posada contra la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones).
  2. SEGUNDO. Por medio de la Secretar�a General de esta Corporaci�n, REMITIR el expediente CJU-7901 al Juzgado 009 Municipal de Peque�as Causas Laborales de Medell�n, para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado 038 Administrativo Oral de Medell�n, y a los interesados en este tr�mite. Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente digital. Archivo �01DEMANDAYANEXOSIVANDARIOVELEZpdf�. [2] Ibid. [3] Expediente digital. Archivo �03ActaReparto05001310502120250018300pdf�. [4] Expediente digital. Archivo �04AutoDeclaraFaltaCompetenciaYOrdenaRemitirpdf�. [5] Expediente digital. Archivo �01ActaReasignacion05001310502120250018300pdf�. [6] Expediente digital. Archivo �07AutoAdmiteDemandapdf�. [7] Expediente digital. Archivo �18ActaDeclaraFaltaJurisdiccion202500496pdf�. [8] Expediente digital. Archivo �19VideoAudienciaDeclaraFaltaJurisdciccionmp4�. [9] Ibid. [10] Expediente digital. Archivo �001ED_ACTAJUZ382026087pdf�. [11] Expediente digital. Archivo �012Autodeclarafa_038202600087Proponecpdf�. [12] Expediente digital. Archivo �02CJU-7901 Correo Remisoriopdf�. [13] Expediente digital. Archivo �03CJU-7901 Constancia de Repartopdf�. [14] Autos 1608 de 2022 y 1869 de 2025. [15] Auto 1608 de 2022. En concordancia con el art�culo 105.4 del CPACA, que establece que la Jurisdicci�n de lo Contencioso Administrativo no conocer� los conflictos de car�cter laboral surgidos entre las entidades p�blicas y sus trabajadores oficiales. [16] Auto 1608 de 2022 de la Corte Constitucional.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.