A- de 2022
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante De Oficio Procesados Alvarez Castro Yeimer Yair Y Otros·Demandado Alvarez Castro Yeimer Yair Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto subjetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Popayán y la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
Dicha controversia se originó en un proceso penal adelantado contra miembros militares por los delitos de homicidio en persona protegida y falsedad ideológica en documento público.
La Sala observa que en el presente asunto no existen dos autoridades judiciales en conflicto, pues la única jurisdicción que realizó un reclamo formal, claro y expreso de competencia es la jurisdicción ordinaria y no puede considerarse que la solicitud realizada por la fiscalía, cumpla con los elementos para trabar el conflicto, pues dicha entidad no tiene la capacidad para representar a la Jurisdicción Especial para la Paz, ni para elevar un conflicto en nombre de esa jurisdicción.
En razón a lo anterior, la Sala Plena de la Corte Constitucional se declara inhibida para decidir el presente asunto y ordena la remisión del expediente al Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Popayán para lo que corresponda.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para emitir un pronunciamiento sobre el inexistente conflicto de competencias entre jurisdicciones, planteado por el Juzgado
- Primero. Penal del Circuito Especializado de Popayán, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR el expediente CJU-1512 al Juzgado
- Primero. Penal del Circuito Especializado de Popayán, para lo que corresponda, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia. Esta autoridad judicial deberá comunicar la presente decisión a las partes e intervinientes.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.