A- de 2023
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante De Oficio Procesado Zamora Angel Cristian Sneider·Demandado Zamora Angel Cristian Sneider
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto subjetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 33 Penal Municipal de Bogotá con Función de Conocimiento y el resguardo indígena de Guadualito del municipio de Coyaima (Tolima).
La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en un proceso penal iniciado en contra de un ciudadano por el delito de violencia intrafamiliar.
En dicho asunto, se solicitó cesar el trámite ante la jurisdicción ordinaria y trasladarlo al resguardo de la referencia, para que el implicado cumpliera la pena que le fue impuesta por la autoridad indígena.
Ello, por cuanto el implicado había sido juzgado por los mismos hechos por las autoridades del resguardo.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Corte encontró que no se satisfizo el subjetivo y que, por ende, no se configuró conflicto interjurisdiccional alguno.
Con base en lo anterior la Sala Plena se declaró inhibida para emitir pronunciamiento de fondo y dispuso el envío del expediente al Juzgado 33 Penal Municipal de Bogotá, con Función de Conocimiento, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los demás interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para resolver sobre el conflicto de jurisdicción enviado por el Juzgado 33 Penal Municipal de Bogotá con Función de Conocimiento, por incumplir el presupuesto subjetivo para su configuración.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-1844 al Juzgado 33 Penal Municipal de Bogotá, con Función de Conocimiento, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los demás interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.