Saltar al texto del fallo
Volver a la ficha
A. 1277/25
Auto28 de agosto de 2025

Sentencia A. 1277/25

Corte Constitucional·28 de agosto de 2025·Ponente Natalia Ángel Cabo

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel de la fuente publicada
A1277-25


REPÚBLICA DE COLOMBIA

CORTE CONSTITUCIONAL

Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004

 

AUTO 1277 DE 2025

 

Referencia: solicitud de ampliación de plazo para la presentación del informe anual sobre el Estado de Cosas Inconstitucional declarado en la Sentencia T-025 de 2004.

 

Magistrada sustanciadora:

Natalia Ángel Cabo.

 

Bogotá D.C., veintiocho (28) de agosto de dos mil veinticinco (2025).

 

La suscrita magistrada, como presidenta de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, profiere la presente decisión con base en las siguientes,

 

CONSIDERACIONES

 

1.                 El Auto del 11 de marzo de 2014 dispuso que el Gobierno nacional debía presentar anualmente, en el mes de julio, un informe sobre el Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) declarado en la Sentencia T‑025 de 2004. Posteriormente, los autos 310 y 1291 de 2023 establecieron una nueva metodología que buscó maximizar el carácter dialógico del proceso de presentación y recolección de información, en el marco de la valoración del estado actual del ECI y de la identificación de las falencias estructurales más críticas de la política pública de atención a la población desplazada.

 

2.                 El 15 de agosto del presente año, el Gobierno nacional, a través de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas y el Departamento Nacional de Planeación, solicitó a esta Sala la ampliación del plazo para la entrega del informe anual del año 2025 hasta la última semana del mes de agosto. La solicitud se fundamentó en la necesidad de garantizar que el documento final refleje de manera exhaustiva y verificada la evaluación de las falencias estructurales de la política pública, así como los avances concretos alcanzados en las acciones estatales orientadas a su superación. Estos últimos, derivados del ejercicio dialógico iniciado con los referidos autos 310 y 1291 de 2023.  

 

3.                 Según lo expuesto por el Gobierno, la consolidación y validación de la información aportada por las distintas entidades del orden nacional es un proceso que requiere un esfuerzo interinstitucional significativo. El Gobierno explicó que el Departamento Nacional de Planeación y la Unidad para las Víctimas lideran de manera conjunta la recopilación y verificación de los datos, siguiendo una nueva metodología diseñada para la recolección, análisis y presentación de información que permita valorar con precisión el grado de superación del ECI.

 

4.                 Este despacho considera que los ejercicios de intercambio de información en el marco de la valoración del ECI deben propiciar escenarios de diálogo y construcción mancomunada de respuestas, y no limitarse a una mera recopilación desarticulada de fracciones inconexas de información. En tal sentido, y teniendo en cuenta las razones expuestas por el Gobierno nacional, se accederá a la solicitud de ampliación de términos, concediendo plazo hasta el 29 de agosto de 2025 para la entrega del informe final de seguimiento.

 

 

En mérito de lo expuesto, la suscrita magistrada: 

 

RESUELVE

 

Primero. ACCEDER a la solicitud presentada por el Gobierno nacional de ampliación de plazo para la presentación del informe anual sobre el Estado de Cosas Inconstitucional declarado en la Sentencia T-025 de 2004. En consecuencia, ESTABLECER el 29 de julio de 2025 como término para la presentación del referido informe.  

 

COMUNICAR, por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, la presente providencia a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas[1] y el Departamento Nacional de Planeación[2].

 

Comuníquese y cúmplase.

 

 

 

 

 

NATALIA ÁNGEL CABO

Magistrada



[1] notificaciones.juridicauariv@unidadvictimas.gov.co

[2] notificacionesjudiciales@dnp.gov.co