A- de 2025
Ponente Lina Marcela Escobar Martínez
✓Demandante Empresa Bel-Star S.A.·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia excepcional
- Requisitos formales y materiales de procedencia
- Rechazar por falta de carga argumentativa
- No es recurso para argüir inconformidades respecto de las valoraciones probatorias y jurídicas
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de nulidad de la Sentencia T-132/25.
Para argumentar la nulidad se invocó la vulneración del derecho al debido proceso, derivada del desconocimiento del precedente jurisprudencial.
De manera específica se presentaron tres razones orientadas a sustentar la anterior acusación: (i) la supuesta flexibilización indebida del requisito de subsidiariedad por la falta de acreditación del perjuicio irremediable, (ii) la utilización automática del enfoque interseccional como criterio de procedencia y (iii) la omisión del precedente en materia de estabilidad ocupacional reforzada.
Encontró la Corte que la petición de nulidad solo buscó cuestionar la posición adoptada por la Sala de Revisión para resolver el problema jurídico y, en consecuencia, reabrir el debate jurídico que se cerró de manera definitiva con la emisión del fallo.
Teniendo en cuenta que ninguna de las razones invocadas satisfizo la carga argumentativa requerida para demostrar la configuración de un presupuesto de nulidad, se procedió a su RECHAZO.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. RECHAZAR la solicitud de nulidad de la Sentencia T-132 de 2025 presentada por la empresa Bel-Star S.A., por el incumplimiento del requisito de carga argumentativa.
- SEGUNDO. Contra esta providencia no procede ningún recurso.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.