A- de 2022
Ponente Hernán Leandro Correa Cardozo
✓Demandante Luis Fernando Echeverri Correa
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia excepcional de la Corte Constitucional
- Rechazar por improcedente
- Se remite escrito al juez de primera instancia para que adelante el trámite de cumplimiento o desacato, de considerarlo procedente
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de cumplimiento y eventual desacato de la Sentencia SU.394/16.
El peticionario pretende que la Corte Constitucional haga cumplir el numeral octavo del precitado fallo.
Teniendo en cuenta que el memorialista no allegó elementos de juicio para establecer porqué el juez de primera instancia, quien es el competente para iniciar la respectiva actuación jurisdiccional, omitió adoptar medidas para procurar el cumplimiento pretendido o tramitar y decidir algún incidente de desacato que haya sido interpuesto al efecto, se RECHAZA la pretensión formulada y se ordena remitir el correspondiente escrito a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, para lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. RECHAZAR la solicitud de cumplimiento de la sentencia SU-394 de 2016 presentada por el señor Luis Fernando Echeverri Correa.
- SEGUNDO. Por Secretaría General de la Corte Constitucional, DISPONER que la solicitud presentada por el señor Luis Fernando Echeverri Correa sea remitida a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, para lo de su competencia.
- TERCERO. ORDENAR que por Secretaría General de esta Corporación se comunique la decisión adoptada en esta providencia al señor Luis Fernando Echeverri Correa.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.