A- de 2025
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Garcia Perez German·Demandado Ese Hospital San Juan De Sahagun
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto objetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 009 Administrativo de Montería y el Juzgado Civil del Circuito de Sahagún – Córdoba, suscitado por una demanda ejecutiva singular de mayor cuantía presentada por un ciudadano, en contra de la E.S.E.
Hospital San Juan de Sahagún, con la finalidad de que se libre mandamiento ejecutivo de pago del valor contenido en unas facturas suscritas entre las partes originadas por la compraventa de materiales ortopédicos, intrahospitalarios y quirúrgicos.
Al verificar el cumplimiento de los presupuestos de configuración del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena observa que, en el presente asunto, no se encuentra acreditado el presupuesto objetivo.
Se tiene que dentro del expediente se demostró que el Juzgado Civil del Circuito de Sahagún adelantó las gestiones del proceso ejecutivo, pues: libró mandamiento de pago en favor del demandante, dictó las medidas cautelares solicitadas, dictó sentencia favorable para la demandante en la que ordenó seguir adelante con la ejecución y condenó en costas a la parte demandada, liquidó el crédito y ha resuelto las solicitudes que se han presentado al respecto.
En ese sentido, si bien aún hace falta el estudio de la solicitud de actualización de intereses del crédito, se trata de una gestión adicional que no significa que no se haya alcanzado ya el objeto del proceso.
En consecuencia, la Sala se declara inhibida para fallar de fondo al respecto y ordena remitir de vuelta al Juzgado Civil del Circuito de Sahagún para que proceda con lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declararse INHIBIDA para resolver el aparente conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 009 Administrativo de Montería y el Juzgado Civil del Circuito de Sahagún.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6084 al Juzgado Civil del Circuito de Sahagún para que proceda en lo referente a su competencia y comunique la presente decisión al Juzgado 009 Administrativo de Montería y el Juzgado Civil del Circuito de Sahagún, a la parte demandante y a los demás interesados en el proceso.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.