A- de 2016
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Nely Edith Tacha Ladino·Demandado Alcaldia De Acacias, Meta
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia a prevención
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Octavo Penal Municipal de Villavicencio y el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Acacías (Meta), en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.
Se recuerda el precepto establecido en el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991, según el cual, son competentes para conocer de la acción de tutela, a prevención, los jueces o tribunales con jurisdicción en el lugar donde ocurriere la violación o la amenaza que motivaren la presentación de la solicitud y, el que también dispone que las acciones dirigidas contra la prensa y los demás medios de comunicación deben ser repartidas a los jueces del circuito del lugar.
Se resuelve la controversia ordenando la remisión del expediente al Juzgado Octavo Penal Municipal de Villavicencio, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 19 de enero de 2016 proferido por el Juzgado
- Octavo. Penal Municipal de Villavicencio, dentro del expediente ICC-2352.
- SEGUNDO. DECIDIR el conflicto de competencia suscitado, en el sentido de ordenar la REMISION del expediente ICC-2352 al Juzgado
- Octavo. Penal Municipal de Villavicencio, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar, dentro de la accion de tutela formulada por la senora Nely Edith Tacha Ladino contra la Alcaldia Municipal de Acacias - Meta
- TERCERO. ORDENAR que, por Secretaria General, se comunique la decision adoptada en esta providencia a las partes y al Juzgado
- Segundo. Promiscuo Municipal de Acacias.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.