Micelio
Auto25 de agosto de 2022

A- de 2022

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Universidad Libre

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional
  • Se rechaza por no cumplir con el presupuesto formal de carga argumentativa suficiente
  • Presupuestos formales y materiales de procedencia
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de nulidad en contra de la sentencia T-140/22.

La Universidad Libre presentó la anterior petición y para ello argumentó dos causales: i) la elusión arbitraria de análisis de asuntos con relevancia constitucional y (ii) el cambio en la jurisprudencia.

La Sala Plena de la Corporación decidió que la nulidad invocada debía ser RECHAZADA porque, si bien la solicitante está legitimada para interponerla y la misma fue presentada de forma oportuna, no satisfizo la carga argumentativa exigida según la jurisprudencia de la Corte Constitucional para este tipo de pretensiones

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (24 puntos)
  1. PRIMERO. RECHAZAR, por no cumplir el requisito de carga argumentativa, la solicitud de nulidad presentada por la Universidad Libre contra la Sentencia T-140 de 2022.
  2. SEGUNDO. COMUNICAR, por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, la presente decisión a las partes, con la advertencia de que contra esta providencia no procede recurso alguno.
  3. Comuníquese y cúmplase,
  4. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  5. Presidenta
  6. NATALIA ÁNGEL CABO
  7. Magistrada
  8. DIANA FAJARDO RIVERA
  9. Magistrada
  10. JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
  11. Magistrado
  12. Ausente con permiso
  13. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  14. Magistrado
  15. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  16. Magistrado
  17. Con impedimento aceptado
  18. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  19. Magistrada
  20. HERNÁN CORREA CARDOZO
  21. Magistrado (E)
  22. JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
  23. Magistrado
  24. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.