A- de 2022
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante De Oficio Procesado Graciano Morales Gustavo Andres Y Otro·Demandado Graciano Morales Gustavo Andres Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto subjetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicción remitido por el Juzgado Séptimo Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Valledupar.
Dicha controversia se originó en un proceso penal adelantado en contra de miembros activos de la Policía Nacional por la presunta comisión del delito de concusión, a título de dolo.
La Sala Plena advierte que en el asunto bajo estudio no se dan los presupuestos para concluir que se presentó un conflicto de competencias entre jurisdicciones.
Concretamente, no se verifica la configuración del presupuesto subjetivo comoquiera que la Justicia Penal Militar, como una de las autoridades judiciales posiblemente competente para conocer del proceso penal adelantado, no ha emitido pronunciamiento en el que reclame o rechace la competencia para conocer el caso.
En consecuencia, la Sala Plena de la Corte Constitucional se declaró inhibida y ordenó el envío del expediente al Juzgado Séptimo Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Valledupar para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-2382 al Juzgado
- Séptimo. Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Valledupar, para lo de su competencia y para que comunique esta providencia a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.