Micelio
Auto21 de junio de 2023

A- de 2023

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Ministerio De Educacion Nacional Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio·Demandado Ardila De Trujillo Mariela

Tema · dato duro
Ejecución De Condenas Impuestas Por La Jurisdicción Contencioso Administrativa Dentro Del Mismo Proceso En Que Fueron Dictadas.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Controversias sobre procesos ejecutivos originados en condenas impuestas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Sexto de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Neiva y el Juzgado Sexto Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.

Dicha controversia recae sobre el conocimiento de la solicitud de ejecución de unas providencias judiciales proferida por una autoridad de la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto de jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión del Auto 008/22 mediante la cual estableció que, el conocimiento de las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por jueces de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, formuladas a continuación del proceso en el que se emitieron las condenas cuya ejecución se reclama, corresponde a esa misma jurisdicción de acuerdo con los artículos 298 y 306 del CPACA y el artículo 306 del CGP.

Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Sexto Administrativo Oral del Circuito de Neiva, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el
  2. Sexto. de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Neiva y el Juzgado
  3. Sexto. Administrativo Oral del Circuito de Neiva, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  4. Sexto. Administrativo Oral del Circuito de Neiva es la autoridad competente para conocer la solicitud de ejecución de sentencia presentada por el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio en contra de Mariela Ardila de Trujillo.
  5. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3454 al Juzgado
  6. Sexto. Administrativo Oral del Circuito de Neiva para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al
  7. Sexto. de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Neiva.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.