Auto9 de septiembre de 2026
A-1242 de 2026
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Tema · dato duro
Sin Información
01
Temas y subtemas del fallo
Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Sin información
Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 002 de Peque�as Causas y Competencia M�ltiple de Pasto y el Juzgado 007 Administrativo del Circuito de Pasto, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado 002 de Peque�as Causas y Competencia M�ltiple de Pasto conocer la demanda ejecutiva presentada por Comfamiliar de Nari�o contra Odaly Tenorio Castillo y otros.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-7897 al Juzgado 002 de Peque�as Causas y Competencia M�ltiple de Pasto para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisi�n a los sujetos procesales interesados en el tr�mite y al Juzgado 007 Administrativo del Circuito de Pasto. Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado Ausente con excusa HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente digital CJU-7897, archivo �001Demanda.pdf�, pp. 9-13. [2] Ibid., pp. 14-19. [3] Ibid. , pp. 3, 5-8. [4] Expediente digital CJU-7897, archivo �009AutoRechazaDemanda-Competencia.pdf�, pp. 1-2. [5] Expediente digital CJU-7897, archivos �010ConstanciaCorreoElectronico.pdf�. [6] Expediente digital CJU-7897, archivo �005Auto propone conflicto negativo de competencia.pdf�, pp. 2-7. [7] Expediente digital CJU-7897, archivo �02CJU-7897 Correo Remisoriopdf.pdf�. [8] Expediente digital CJU-7897, archivos �01CJU-7897 Caratulapdf.pdf� [9] Corte Constitucional, Auto 155 de 2019. [10] En consecuencia, no habr� conflicto cuando: (a) s�lo sea parte una autoridad o (b) una de las partes en colisi�n no ejerza funciones jurisdiccionales. [11] En este sentido, no existir� conflicto cuando: (a) se evidencie que el litigio no est� en tr�mite o no existe, porque, por ejemplo, ya finaliz�; o (b) el debate procesal se centra sobre una causa de car�cter administrativo o pol�tico, pero no jurisdiccional (Art�culo 116 de la Constituci�n). [12] As� pues, no existir� conflicto cuando: (a) se evidencie que, a pesar de concurrir formalmente dos autoridades judiciales, alguna de ellas no ha rechazado su competencia o manifestado su intenci�n de asumirla; o (b) la exposici�n sobre la competencia desplegada por las autoridades en conflicto no tiene, al menos aparentemente, fundamento normativo alguno al sustentarse �nicamente en argumentos de mera conveniencia. [13] Sobre la distinci�n relevante para este asunto, ver Corte Constitucional, autos 857 de 2021, 008 de 2022, 1089 de 2023, 1696 de 2025 y 1981 de 2025. [14] Corte Constitucional, Auto 857 de 2021. [15] Ley 1437 de 2011, arts. 104.6 y 297.1; Ley 1564 de 2012, arts. 15 y 422; Ley 270 de 1996, art. 12. Corte Constitucional, autos 857 de 2021, 1089 de 2023, 1696 de 2025 y 1981 de 2025 [16] Ley 1564 de 2012, art. 306; Ley 1437 de 2011, arts. 298 y 306; Corte Constitucional, Auto 008 de 2022. [17] Corte Constitucional, autos 1089 de 2023, 1696 de 2025 y 1981 de 2025. [18] Corte Constitucional, autos 857 de 2021, 517 de 2024, 222 de 2026 y 030 de 2026. [19] Corte Constitucional, autos 857 de 2021, 008 de 2022, 1696 de 2025, 1981 de 2025 y 222 de 2026. [20] Expediente digital CJU-7897, archivo �001Demanda.pdf�, pp. 3, 5 y 7. [21] Ibid., pp. 3. [22] Expediente digital CJU-7897, archivo �010ConstanciaCorreoElectronico.pdf�, p. 1 [23] Expediente digital CJU-7897, archivo �001Demanda.pdf�, pp. 3-7
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04
Cómo se conecta
Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.