Micelio
Auto9 de septiembre de 2026

A-1242 de 2026

✓
Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Sin información

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 002 de Peque�as Causas y Competencia M�ltiple de Pasto y el Juzgado 007 Administrativo del Circuito de Pasto, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado 002 de Peque�as Causas y Competencia M�ltiple de Pasto conocer la demanda ejecutiva presentada por Comfamiliar de Nari�o contra Odaly Tenorio Castillo y otros.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-7897 al Juzgado 002 de Peque�as Causas y Competencia M�ltiple de Pasto para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisi�n a los sujetos procesales interesados en el tr�mite y al Juzgado 007 Administrativo del Circuito de Pasto. Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado Ausente con excusa HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente digital CJU-7897, archivo �001Demanda.pdf�, pp. 9-13. [2] Ibid., pp. 14-19. [3] Ibid. , pp. 3, 5-8. [4] Expediente digital CJU-7897, archivo �009AutoRechazaDemanda-Competencia.pdf�, pp. 1-2. [5] Expediente digital CJU-7897, archivos �010ConstanciaCorreoElectronico.pdf�. [6] Expediente digital CJU-7897, archivo �005Auto propone conflicto negativo de competencia.pdf�, pp. 2-7. [7] Expediente digital CJU-7897, archivo �02CJU-7897 Correo Remisoriopdf.pdf�. [8] Expediente digital CJU-7897, archivos �01CJU-7897 Caratulapdf.pdf� [9] Corte Constitucional, Auto 155 de 2019. [10] En consecuencia, no habr� conflicto cuando: (a) s�lo sea parte una autoridad o (b) una de las partes en colisi�n no ejerza funciones jurisdiccionales. [11] En este sentido, no existir� conflicto cuando: (a) se evidencie que el litigio no est� en tr�mite o no existe, porque, por ejemplo, ya finaliz�; o (b) el debate procesal se centra sobre una causa de car�cter administrativo o pol�tico, pero no jurisdiccional (Art�culo 116 de la Constituci�n). [12] As� pues, no existir� conflicto cuando: (a) se evidencie que, a pesar de concurrir formalmente dos autoridades judiciales, alguna de ellas no ha rechazado su competencia o manifestado su intenci�n de asumirla; o (b) la exposici�n sobre la competencia desplegada por las autoridades en conflicto no tiene, al menos aparentemente, fundamento normativo alguno al sustentarse �nicamente en argumentos de mera conveniencia. [13] Sobre la distinci�n relevante para este asunto, ver Corte Constitucional, autos 857 de 2021, 008 de 2022, 1089 de 2023, 1696 de 2025 y 1981 de 2025. [14] Corte Constitucional, Auto 857 de 2021. [15] Ley 1437 de 2011, arts. 104.6 y 297.1; Ley 1564 de 2012, arts. 15 y 422; Ley 270 de 1996, art. 12. Corte Constitucional, autos 857 de 2021, 1089 de 2023, 1696 de 2025 y 1981 de 2025 [16] Ley 1564 de 2012, art. 306; Ley 1437 de 2011, arts. 298 y 306; Corte Constitucional, Auto 008 de 2022. [17] Corte Constitucional, autos 1089 de 2023, 1696 de 2025 y 1981 de 2025. [18] Corte Constitucional, autos 857 de 2021, 517 de 2024, 222 de 2026 y 030 de 2026. [19] Corte Constitucional, autos 857 de 2021, 008 de 2022, 1696 de 2025, 1981 de 2025 y 222 de 2026. [20] Expediente digital CJU-7897, archivo �001Demanda.pdf�, pp. 3, 5 y 7. [21] Ibid., pp. 3. [22] Expediente digital CJU-7897, archivo �010ConstanciaCorreoElectronico.pdf�, p. 1 [23] Expediente digital CJU-7897, archivo �001Demanda.pdf�, pp. 3-7
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.