Micelio
Auto24 de julio de 2024

A- de 2024

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Rueda Carreño Laura Marcela·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda De Inconstitucionalidad
  • Incompetencia de la Corte Constitucional para conocer demanda contra decreto reglamentario
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda se rechazó por la falta de competencia de la Corte Constitucional para conocer cuestionamientos hechos a una norma que forma parte de un decreto reglamentario.

La Sala Plena avaló la determinación de rechazo y constató que el decreto demandado no estaba dentro de aquellos cuya competencia le asiste a la Corporación adelantar su examen de constitucionalidad, al tenor de lo previsto en el artículo 6 del Decreto 2067 de 1991.

Con base en lo anterior y ante la insuficiencia argumentativa del recurrente, se RECHAZÓ la súplica invocada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. RECHAZAR el recurso de súplica formulado contra auto del 28 de mayo de 2024, mediante el cual la magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera rechazó la demanda de inconstitucionalidad presentada por la ciudadana Laura Marcela Rueda Carreño contra el artículo 3° (parcial) del Decreto 1545 de 2013. Lo anterior, por el incumplimiento del requisito de carga argumentativa
  2. Segundo. Proceda la Secretaría General de la Corte Constitucional a comunicarle el contenido de esta decisión a la recurrente, indicándole que contra esta decisión no procede recurso alguno.
  3. Tercero. En firme esta decisión, archívese el expediente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónVladimir Fernández Andrade
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.