A- de 2023
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante De Oficio Procesado Benavidez Nilson Marino·Demandado Benavidez Nilson Marino
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Fundamento constitucional e internacional
- Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Pasto y la Jurisdicción Especial Indígena Cabildo Indígena Awa Piguambi Palangala.
La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en el proceso penal adelantado en contra de un ciudadano por el delito de acceso carnal violento.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones y de pronunciarse sobre la competencia de la Jurisdicción Especial Indígena concluyó la Corte que el conocimiento del asunto corresponde a la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad penal.
Ello, porque no se acreditó de forma cierta que la comunidad ofreciera mecanismos de reparación y protección a los niños, niñas y adolescentes víctimas de delitos de violencia sexual.
Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Tercero Penal del Circuito de Pasto para que proceda con lo de su competencia y comunique la decisión a los interesados y a las autoridades del Resguardo involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto positivo de Jurisdicciones entre el Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito de Pasto (Nariño) y la Jurisdicción Especial Indígena Cabildo Indígena Awá Piguambi Palangala en el sentido de DECLARAR que el conocimiento del proceso corresponde al Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito de Pasto (Nariño).
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-3174 al Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito de Pasto (Nariño), para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.