A- de 2025
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Acuña Tavera Patricia Alexi·Demandado Imprenta Nacional De Colombia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre prestaciones laborales promovidas por trabajadores oficiales causadas en virtud de contrato de trabajo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 026 Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado 050 Administrativo del Circuito de Bogotá, sección segunda, suscitado por una demanda, en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, presentada por una ciudadana, en contra de la Imprenta Nacional de Colombia, con la cual solicita el reconocimiento y pago de la prima de recompensa, según Convención Colectiva de Trabajo, entre otros conceptos laborales y prestacionales.
Cumplidos los presupuestos de configuración del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena refiere que, según Ley 109/94, la demandada fue transformada en empresa Industrial y Comercial del Estado y consagró que las personas que trabajan a su servicio tienen el carácter de trabajadores oficiales, con excepción del gerente general y los que consagren los respectivos estatutos para ser desempeñados por empleados públicos.
La demandante se desempeñó en un cargo cuyas funciones no corresponden a actividades de dirección, confianza o manejo por lo que, prima facie, se asimila como propias de trabajadores oficiales.
Se reitera la regla de decisión del Auto 903 de 2023 que, corresponde a la Jurisdicción Ordinaria, especialidad laboral, el conocimiento y la decisión de fondo de un proceso en el que se advierta que un funcionario, prima facie, trabajador oficial, conforme a las reglas generales de vinculación del Estado, reclame el reconocimiento y pago de prestaciones sociales por parte de una Empresa Industrial y Comercial del Estado, de conformidad con lo estipulado en los artículos 12 de la Ley 270/96 y 2 del CPTSS.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 026 Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado 050 Administrativo del Circuito de Bogotá, sección segunda, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 026 Laboral del Circuito de Bogotá es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por la señora Patricia Alexi Acuña Tavera contra la Imprenta Nacional de Colombia.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6036 al Juzgado 026 Laboral del Circuito de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al demandante y a los demás interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.