Micelio
Auto21 de junio de 2023

A- de 2023

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Cely Silva Jose Tecelio·Demandado Departamento De Boyaca

Tema · dato duro
Solicitud De Declaratoria De Existencia De Relación Laboral Encubierta A Través De La Celebración Sucesiva De Contratos De Prestación De Servicios.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de Jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 3º Administrativo Oral de Tunja y el Juzgado 4º Laboral del Circuito de la misma ciudad.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda ordinaria laboral que formuló en ciudadano en contra del departamento de Boyacá, pretendiendo la declaratoria de una relación laboral propia de los trabajadores oficiales y el consecuente pago de las acreencias laborales que se desprendan de la precitada relación.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, se reiteró la regla de decisión del Auto 491 de 2021 mediante la cual se estableció que, de conformidad con el artículo 104 del CPACA, la jurisdicción contencioso-administrativa es la competente para conocer y decidir de fondo un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral, presuntamente encubierta a través de la sucesiva suscripción de contratos de prestación de servicios con el Estado .

Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado 3º Administrativo Oral de Tunja, para lo de su competencia y para que comunique esta providencia al otro operador jurídico involucrado y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 3º Administrativo Oral de Tunja y el Juzgado 4º Laboral del Circuito de Tunja, en el sentido de DECLARAR que su conocimiento corresponde al Juzgado 3º Administrativo Oral de Tunja.
  2. SEGUNDO. Por medio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3146 al Juzgado 3º Administrativo Oral de Tunja, para lo de su competencia y para que comunique esta providencia al Juzgado 4º Laboral del Circuito de Tunja, y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.