Micelio
Auto21 de junio de 2023

A- de 2023

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Arias Castro Claudia Patricia·Demandado Instituto Colombiano De Bienestar Familiar Y Otros

Tema · dato duro
Acción De Nulidad De Acto Administrativo Y Declaratoria De Existencia De Vinculación Laboral Propia De Un Empleado Público.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad de acto administrativo y declaratoria de existencia de vinculación laboral propia de un empleado público
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Tunja y la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Tunja.

La controversia se ocasionó por demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, de un ciudadano contra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF, con la pretensión de que se declare la nulidad de acto administrativo por el cual la entidad demanda se negó a reconocer la existencia de una relación laboral entre ella y la accionante y se condene a la demandada al pago de la nivelación salarial y de diferentes prestaciones sociales.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera que la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente para tramitar las demandas que plantean pretensiones relativas a la nulidad de los actos administrativos que niegan la existencia de un vínculo laboral entre las madres comunitarias con el ICBF y que solicitan medidas de restablecimiento de los derechos laborales, extendiendo la regla fijada en el Auto 054/22.

En virtud de lo anterior se dispuso el envío del expediente al Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Tunja, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja y a los interesados en este asunto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Octavo. Administrativo del Circuito de Tunja y la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja, en el sentido de DECLARAR que al Juzgado
  3. Octavo. Administrativo del Circuito de Tunja le corresponde conocer sobre la demanda presentada por la señora Claudia Patricia Arias Castro contra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF.
  4. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-3098 al Juzgado
  5. Octavo. Administrativo del Circuito de Tunja, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja y a los interesados en este asunto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.