A- de 2024
Ponente Vladimir Fernández Andrade
✓Demandante Vinicio De Jesus Pizarro Sanchez·Demandado Direccion De Administracion De Justicia Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia y la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta.
Encontró la Corte que en este caso sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que la primera autoridad se apartó del conocimiento de la acción de tutela con fundamento en un análisis preliminar sobre la conformación del contradictorio y, a partir de ello, invocó las reglas de reparto, a pesar de que las mismas no desplazaban su competencia para fallar la solicitud de amparo.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente a la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
Al otro operador jurídico involucrado se le advirtió que, cuando considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, deberá tener en cuenta que éste tiene que ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual está en la obligación de observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el auto 550/18.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS los autos proferidos el 08 de abril de 2024 y el 28 de mayo del mismo año por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, en el marco del trámite de la acción de tutela promovida por el señor Vinicio de Jesús Pizarro Sánchez.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4704 a la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta que, cuando considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, deberá tener en cuenta que éste tiene que ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual está en la obligación de observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el auto 550 de 2018.
- Cuarto. Por la Secretaría General de esta corporación, COMUNICAR la presente decisión a la parte demandante, a la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia y a Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.