Micelio
Auto17 de julio de 2024

A- de 2024

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante Fredy Yesid Alvarado Martinez·Demandado Inspeccion Tercera Municipal De Policia De Duitama Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto Negativo De Competencia Aparente
  • Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
Conflicto De Competencia Aparente
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito Judicial de Duitama (Boyacá), el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo (Boyacá) y el Juzgado Tercero Civil Municipal de Sogamoso (Boyacá).

Encontró la Corte que en el presente caso sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que las dos primeras autoridades se negaron a continuar con el conocimiento de la solicitud de amparo con fundamento en reglas de reparto.

Se dirimió el asunto con la remisión del expediente al Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito Judicial de Duitama para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión que corresponda.

A los dos operadores jurídicos mencionados se les hizo una advertencia para que, en adelante, se abstengan de declarar su falta de competencia con base en reglas de reparto en materia de tutela.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (9 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 27 de mayo de 2024 del Juzgado
  2. Segundo. Administrativo Oral del Circuito Judicial de Duitama, Boyacá, dentro del trámite de la acción de tutela presentada por el señor Fredy Yesid Alvarado Martínez contra la Inspección Tercera Municipal de Policía de Duitama, la Alcaldía Municipal de Duitama y la Procuraduría Provincial de Santa Rosa de Viterbo.
  3. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-4701 al Juzgado
  4. Segundo. Administrativo Oral del Circuito Judicial de Duitama, Boyacá, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión que corresponda respecto de la acción de tutela presentada por el señor Fredy Yesid Alvarado Martínez contra la Inspección Tercera Municipal de Policía de Duitama, la Alcaldía Municipal de Duitama y la Procuraduría Provincial de Santa Rosa de Viterbo.
  5. TERCERO. ADVERTIR al Juzgado
  6. Segundo. Administrativo Oral del Circuito Judicial de Duitama, Boyacá, y al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo, Boyacá que, en adelante, deben abstenerse de declarar su falta de competencia con base en reglas de reparto en materia de tutela.
  7. CUARTO. Por la Secretaría General de esta corporación, COMUNICAR la presente decisión al accionante, al Juzgado
  8. Segundo. Administrativo Oral del Circuito Judicial de Duitama, Boyacá, al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo, Boyacá, y al Juzgado
  9. Tercero. Civil Municipal de Sogamoso, Boyacá.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.