Micelio
Auto17 de julio de 2024

A- de 2024

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Asociacion Mutual Empresa Solidaria De Salud Emssanar Ess·Demandado Administradora De Los Recursos Del Sistema De Seguridad Social En Salud Adres

Tema · dato duro
Recobro Judicial Al Estado Por La Prestación De Servicios Médicos No Incluidos En El Plan De Beneficios De Salud.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Controversias sobre recobros de prestaciones no incluidas en el plan de beneficios de salud-PBS
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Veintisiete Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado Sexto Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.

La causa que origina la controversia trata de demanda laboral presentada por la Asociación Mutual Empresa Solidaria de Salud- Emssanar E.S.S., contra de la Nación – Ministerio de Salud y Protección Social y el Fosyga, a través de la cual pretende que se ordene el pago de un valor, referido en escrito de demanda, por concepto de 209 recobros derivados de fallos de tutela sobre prestaciones de salud no incluidas en el POS.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera pertinente resolverlo en aplicación de la regla de decisión fijada en Auto 389 de 2021 y precisada en Auto 862 de 2021, de acuerdo con la cual, las controversias en las que (i) se demande al Estado, (ii) con el propósito de obtener el reconocimiento y pago de recobros correspondientes a servicios o tecnologías en salud excluidos del PBS o los perjuicios derivados de dicha negativa expresada mediante acto administrativo o la comunicación de este, son competencia de la jurisdicción de lo contencioso administrativo de conformidad con el artículo 104.1 del CPACA.

En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Sexto Administrativo Oral del Circuito de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado Veintisiete Laboral del Circuito de la misma ciudad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Sexto. Administrativo Oral del Circuito de Bogotá y el Juzgado Veintisiete Laboral del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  3. Sexto. Administrativo Oral del Circuito de Bogotá es la autoridad competente para conocer la demanda promovida por La Asociación Mutual Empresa Solidaria de Salud- Emssanar E.S.S. contra la Nación - Ministerio de Salud y Protección Social y el Fosyga.
  4. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5564 al Juzgado
  5. Sexto. Administrativo Oral del Circuito de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado Veintisiete Laboral del Circuito de la misma ciudad.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.