Micelio
Auto22 de agosto de 2022

A- de 2022

Ponente Natalia Ángel Cabo

01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025/04 da respuesta a las solicitudes presentada por la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazamiento Forzado y la Contraloría General de la República y, en consecuencia, amplía el término dispuesto en la orden segunda del Auto 802/22, para que presenten sus observaciones generales sobre el Informe Anual del Gobierno Nacional de la vigencia de 2021.

Se solicita a las autoridades precitadas que con dicho informe presenten un análisis acerca de la batería y las mediciones de los indicadores de goce efectivo de los derechos étnicos, expuestos en el Informe Anual del Gobierno Nacional sobre la vigencia de 2021.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (12 puntos)
  1. Primero. ACCEDER a la petición de la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazamiento Forzado, por las razones expuestas en esta providencia.
  2. En consecuencia, AMPLIAR, hasta el veintidós (22) de octubre del año en curso, el término dispuesto en la orden segunda del auto 802 de 2022, para que la Comisión de Seguimiento presente sus observaciones generales sobre el Informe Anual del Gobierno Nacional de la vigencia de 2021.
  3. Segundo. SOLICITAR, por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, a la Comisión de Seguimiento que, presente un informe con su análisis acerca de la batería y las mediciones de los indicadores de goce efectivo de los derechos étnicos, expuestos en el Informe Anual del Gobierno Nacional sobre la vigencia de 2021.
  4. Este documento deberá ser allegado el quince (15) de septiembre de 2022 a través del correo de la Secretaría General (secretaria1@corteconstitucional.gov.co).
  5. Tercero. ACCEDER a la petición de la Contraloría General de la República, por las razones expuestas en esta providencia.
  6. En consecuencia, AMPLIAR el término dispuesto en la orden segunda del auto 802 de 2022, para que la Contraloría General de la República presente sus observaciones sobre el Informe Anual del Gobierno Nacional de la vigencia de 2021, el cual deberá incluir un análisis acerca de la batería y las mediciones de los indicadores de goce efectivo de los derechos étnicos expuestos en el Informe Anual del Gobierno Nacional sobre la vigencia de 2021.
  7. Este documento deberá ser allegado el quince (15) de septiembre de 2022 a través del correo de la Secretaría General (secretaria1@corteconstitucional.gov.co).
  8. Comuníquese, notifíquese y cúmplase.
  9. NATALIA ÁNGEL CABO
  10. Presidenta
  11. Sala Especial Seguimiento Sentencia T-025 de 2004
  12. MARTHA VICTORIA SA´CHICA ME´NDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.