A- de 2022
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto subjetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado por el Juzgado Segundo Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías y de Conocimiento de Barrancabermeja (Santander).
El presente asunto tiene su origen en un proceso penal seguido en contra de dos ciudadanos por la presunta comisión del delito de lesiones personales dolosas, en el que los defensores de los procesados solicitaron declarar la falta de competencia de la precitada autoridad, porque los hechos ocurrieron mientras sus poderdantes estaban en servicio activo como integrantes de la Policía Nacional.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones la Corte encontró que no se satisfizo el primero, en la medida en que no se presentó manifestación alguna por parte de la Jurisdicción Penal Militar mediante la cual reclame o niegue su competencia para asumir el proceso penal referido y, por lo tanto, no se ha configurado una contención por parte de dos autoridades pertenecientes a distintas jurisdicciones, además de que las partes del proceso, por el sólo hecho de ostentar tal calidad, carecen de facultades para generar un conflicto interjurisdiccional.
Con base en lo anterior la Sala Plena de la Corporación se declaró INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto y dispuso el envío del expediente al Juzgado Segundo Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías y de Conocimiento de Barrancabermeja para que, atendiendo la urgencia advertida por los términos de prescripción de la acción penal continúe con el trámite judicial de acuerdo con su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-1318 al Juzgado
- Segundo. Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías y de Conocimiento de Barrancabermeja, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.