A- de 2023
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Nacion Ministerio De Educacion Nacional Fomag·Demandado Carvajal Uribe Margarita De Jesus
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre procesos ejecutivos originados en condenas impuestas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 1° Civil Municipal de Manizales y el Juzgado 3° Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la solicitud de ejecución de providencia judicial que presentó el FOMAG en contra de una ciudadana, con el fin de que se librara mandamiento de pago por concepto de costas procesales e intereses moratorios que corresponden por la condena que le fue impuesta dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho en contra de la entidad.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión del Auto 008 de 2022, mediante la cual se estableció que el conocimiento de las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por jueces de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, formuladas a continuación del proceso en el que se emitieron las condenas cuya ejecución se reclama, corresponde a esa misma jurisdicción de acuerdo con los artículos 298 y 306 del CPACA y el artículo 306 del CGP.
Con base en lo anterior se remite el expediente al Juzgado 3° Administrativo del Circuito de Manizales para que lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 3° Administrativo del Circuito de Manizales y el Juzgado 1° Civil Municipal de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que le corresponde al Juzgado 3° Administrativo del Circuito de Manizales el conocimiento de la solicitud de ejecución de providencia judicial, promovida por el FOMAG contra la señora Margarita de Jesús Carvajal Uribe.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-1572 al Juzgado 3° Administrativo del Circuito de Manizales, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al citado Juzgado 1° Civil Municipal de Manizales.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.