Micelio
Auto6 de agosto de 2025

A- de 2025

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Idear·Demandado Sanabria Mendez Carmen Sofia

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto Entre Jurisdicciones-Elemento Objetivo-Finalizó La Causa Judicial Que Dio Inicio Al Litigio.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflictos entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca, Arauca y los juzgados 005 y 006 Administrativo de la misma ciudad, causados por unos procesos ejecutivos, instaurados por el Instituto de Desarrollo de Arauca-IDEAR-, en contra de unos ciudadanos, a quienes el demandante otorgó unos créditos, que se encuentran en mora, por lo que solicita que se libre mandamiento de pago de los valores contenidos en los pagarés que sirvieron de garantía del pago de dichos créditos.

Al revisar el cumplimiento de los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena encuentra que en estos casos, no se configura un conflicto de tal naturaleza, por cuanto se constata que las controversias no superan el presupuesto objetivo.

Los procesos ejecutivos avanzaron desde el libramiento del mandamiento de pago hasta la aprobación de la liquidación del crédito, luego los mismos ya fueron resueltos y volver a resolver estos conflictos de jurisdicciones implicaría desconocer el carácter inmutable, vinculante y definitivo de las decisiones ejecutoriadas dentro de los procesos adelantados por el IDEAR en contra de particulares.

La Corte se declara inhibida para pronunciarse sobre los asuntos.

Se remiten los expedientes al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca, Arauca, para lo de su competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. ACUMULAR los conflictos de jurisdicciones CJU-6707 y 6728 por presentar unidad de materia.
  2. SEGUNDO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre los asuntos de la referencia, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva.
  3. TERCERO. REMITIR los expedientes CJU-6707 y 6728 al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca, Arauca, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a la otra autoridad judicial en conflicto y a los sujetos procesales dentro del presente asunto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.