A- de 2025
Ponente Hector Alfonso Carvajal Londoño
✓Demandante Idear·Demandado Hernandez Padilla Italia Elvira
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto objetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca y el Juzgado 001 Administrativo de Arauca, suscitado por una demanda ejecutiva hipotecaria de mínima cuantía presentada por el Instituto de Desarrollo de Arauca-IDEAR–, en contra de una ciudadana, con el fin de que se libre mandamiento de pago por el valor contenido en un pagaré con garantía real de hipoteca sobre inmueble de su propiedad, cuya obligación se encuentra insoluta.
Al analizar los presupuestos de configuración del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena observa que en este caso no se encuentra acreditado el presupuesto objetivo, con lo que no se advierte un conflicto de tal naturaleza.
La Sala advierte que en el expediente se registró que, el 19 de julio de 2021, el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca dictó un auto por medio del cual ordenó seguir adelante con la ejecución, requirió la presentación de la liquidación del crédito y condenó a la demandada al pago de costas procesales y agencias en derecho.
Con ello, se concluye que el objeto del litigio fue satisfecho: el pago de las obligaciones pendientes a cargo de la demandada y en favor del IDEAR.
Al no existir causa judicial sobre la cual se suscite la controversia, la Sala se declara inhibida para resolver el conflicto.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para resolver el aparente conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca y el Juzgado 001 Administrativo de Arauca.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6660 al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca, Arauca, para lo de su competencia y para que, en la etapa procesal que corresponda, le COMUNIQUE la presente decisión al Juzgado 001 Administrativo de Arauca16, al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca17, a la entidad demandante18 y a la parte demandada19.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.