A- de 2025
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Gomez Andrade Omar Alfredo·Demandado Adres
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo emitido por autoridad pública en ejercicio de sus funciones reglamentarias
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 048 Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado 001 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Primera, suscitado por una acción de nulidad presentada por un ciudadano, en contra de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES, con la que solicita que se declare la nulidad de la resolución por medio de la cual se le impuso la obligación de pagar una suma líquida de dinero con fundamento en el derecho a repetir que le asiste a la ADRES por concepto de las indemnizaciones efectuadas y/o los servicios de salud brindados a las víctimas del accidente de tránsito que involucran a vehículos no asegurados con póliza SOAT.
Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena advierte que se trata de una controversia relativa a la financiación del sistema de seguridad social, y no a la prestación de algún servicio de la seguridad social propiamente dicho.
La Corte reitera que las demandas contra la ADRES relativas a la mera financiación del sistema de seguridad social en salud, especialmente de aquellos servicios ya prestados, son competencia de la jurisdicción de lo contencioso administrativo y no hacen parte del ámbito de aplicación del artículo 2 del CPTSS, conforme la regla de decisión del Auto 457/23.
La Corte remite el expediente al Juzgado 001 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Primera, para lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 001 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Primera y el Juzgado 048 Laboral del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 001 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Primera, es la autoridad competente para conocer del proceso de nulidad que promovió el señor Omar Alfredo Gómez Andrade contra de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6514 al Juzgado 001 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Primera, para lo de su competencia y para que comunique esta decisión al Juzgado 048 Laboral del Circuito de Bogotá, y a los sujetos procesales e intervinientes dentro del proceso.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.