Micelio
Auto21 de junio de 2023

A- de 2023

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante Ministerio De Educacion·Demandado Osorio Galvis Sugeys De Jesus

Tema · dato duro
Ejecución De Condenas Impuestas Por La Jurisdicción Contencioso Administrativa Dentro Del Mismo Proceso En Que Fueron Dictadas.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Controversias sobre procesos ejecutivos originados en condenas impuestas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado por el Juzgado 2° Administrativo Oral del Circuito y el Juzgado 2° Promiscuo Municipal, ambos del municipio de Turbo, Antioquia.

Dicha controversia recae sobre el conocimiento de una solicitud de ejecución de providencia judicial presentada por FOMAG.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto de jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión fijada en el Auto 008/22, mediante la cual se estableció que las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por jueces administrativos, formuladas a continuación del proceso en el que se emitieron aquellas, corresponde a la jurisdicción de lo contencioso administrativo, de acuerdo con los artículos 298 y 306 del CPACA y el artículo 306 del CGP.

Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado 2° Administrativo Oral del Circuito de Turbo, Antioquia para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicción entre el Juzgado 2° Administrativo Oral del Circuito de Turbo, Antioquia y el Juzgado 2° Promiscuo Municipal de Turbo, Antioquia, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 2° Administrativo Oral del Circuito de Turbo, Antioquia es la autoridad competente para conocer la solicitud de ejecución de providencia judicial presentada por FOMAG.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-3373 al Juzgado 2° Administrativo Oral del Circuito de Turbo, Antioquia para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.