A-118/26 de 2026
Ponente Carlos Camargo Assis
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 003 Laboral del Circuito de Cúcuta y el Juzgado 009 Administrativo del Circuito de Cúcuta, suscitado por una demanda presentada por UCIS de Colombia S.A.S., en contra de la Nación – Ministerio de Defensa – Policía Nacional – Policía Metropolitana de Cúcuta, para solicitar el pago de los servicios de salud de urgencias de cuidado intensivo prestado a los usuarios de la Policía Nacional en la ciudad de Cúcuta.
Verificado el cumplimiento de los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones la sala plena advierte que el suministro de los servicios de salud que se pretende ejecutar no tuvo origen en una relación contractual estatal, sino que obedeció al cumplimiento de un deber legal previsto en el artículo 20 de la Ley 1122/07.
La Sala Plena considera, en reiteración del auto 1410/24 que corresponde a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, el conocimiento de este proceso ejecutivo que pretende el pago de obligaciones derivadas de facturas de venta originadas en la prestación de servicios de salud, puesto que no se enmarca en ninguno de los presupuestos del artículo 104.6 del CPACA.
Ello, siguiendo la cláusula general de competencia otorgada por el artículo 2.5 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.