A- de 2004
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Suarez Roman Javier Alberto·Demandado Registraduria Nacional Del Estado Civil
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia de Tribunales Superiores, Contencioso Administrativos y Consejos Seccionales de la Judicatura
- Autoridad pública del orden nacional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se declaró la nulidad del proceso a partir del auto proferido por el Juzgado 16 Penal del Circuito de Cali, toda vez que a juicio de la Sala, conforme a lo dispuesto por el Art. 37 del Decreto 2591 de 1991 y en virtud de que el actor presentó esta acción ante los Jueces Penales del Circuito de Cali y que la materialización de los derechos invocados se presenta en cualquier lugar del territorio, ha de darse aplicación al principio de la inmediación de manera que el ejercicio de la tutela corresponda a los ciudadanos ante el juez más cercano en aras de garantizar la protección constitucional a los derechos fundamentales.
Se ordenó remitir el expediente T-879.490 al citado Juzgado para que informe al peticionario sobre las autoridades judiciales encargadas de tramitar la tutela, y sea éste quien decida cuál de ellas asume el conocimiento de la misma.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Declarar la nulidad del proceso a partir del Auto Proferido por el Juzgado Dieciseis Penal del Circuito de Cali, el seis (6) de octubre de 2003.
- SEGUNDO. Ordenar que por Secretaria General se remita el expediente T-879.490 al Juzgado Dieciseis Penal del Circuito de Cali, para que informe al peticionario sobre las autoridades judiciales encargadas de tramitar la tutela, y sea este quien decida cual de ellas asume el conocimiento de la misma.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.