Micelio
Auto1 de agosto de 2025

A- de 2025

Ponente Hector Alfonso Carvajal Londoño

Demandante Unp·Demandado --

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de ampliación del término fijado para cumplir la orden primera del Auto 999/25.

La Subdirección Especializada de Seguridad y Protección de la Unidad Nacional de Protección (UNP) le pidió a la Corporación una ampliación de ocho días hábiles para cumplir de forma completa, clara y precisa el cuestionario que le fue remitido con el proveído de la referencia.

La Corte consideró procedente acceder a lo requerido y, en consecuencia, ACCEDIÓ a prorrogar en ocho días hábiles adicionales el término para remitir a la Sala de Seguimiento las respuestas y la documentación solicitadas.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. ACCEDER a la solicitud de prórroga presentada por la Oficina Asesora Jurídica y la Subdirección Especializada de Seguridad y Protección de la Unidad Nacional de Protección para cumplir la orden primera del Auto 999 de 2025.
  2. Segundo. OTORGAR a la Oficina Asesora Jurídica y a la Subdirección Especializada de Seguridad y Protección de la Unidad Nacional de Protección una prórroga de ocho (8) días hábiles adicionales contados a partir de la notificación de esta providencia, para remitir a esta Sala Especial de Seguimiento la respuesta a la orden primera del Auto 999 de 2025.
  3. Tercero. NOTIFICAR, por medio de la Secretaría General de la Corte la presente decisión a la jefa de la Oficina Asesora Jurídica de la Unidad Nacional de Protección1, a través de los correos electrónicos dispuestos para las notificaciones judiciales.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.