A- de 2024
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Fundacion Gestion Colombia Sana·Demandado Ministerio De Salud Y Proteccion Social Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento de actos sujetos al derecho administrativo, cuando esté involucrada una entidad pública
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 3 Administrativo Oral del Circuito de Montería y el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería, Sala Primera de Decisión Civil -Familia- Laboral.
La controversia se origina por demanda iniciada por la Fundación Gestión Colombia Sana, contra la Caja de Compensación Familiar de Córdoba, el Ministerio de Salud y Protección Social, la Superintendencia Nacional de Salud y la Superintendencia del Subsidio Familiar, con el fin de que se declare la nulidad de unas resoluciones que rechazan las acreencias por concepto de salud prestados y se condene a las demandadas a su pago, en valor y otros conceptos referidos en escrito de demanda.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera que el caso se ajusta a lo previsto en el Auto 026 de 2023, según el cual, la jurisdicción de lo contencioso administrativo es la competente para dirimir las demandas que se presenten en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho en contra de actos administrativos proferidos por agentes liquidadores de las EPS o de programas EPS de cajas de compensación familiar, conforme con lo dispuesto en los artículos 233, parágrafo 2° de la Ley 100 de 1993 y 295, numeral 2° del EOSF.
La Corte asigna la competencia a dicha jurisdicción y dispone el envío del expediente al Juzgado 3 Administrativo Oral del Circuito de Montería, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones entre el Juzgado 3 Administrativo Oral del Circuito de Montería y el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería, Sala Primera de Decisión Civil -Familia- Laboral, en el sentido de DECLARAR que, el Juzgado 3 Administrativo Oral del Circuito de Montería es la autoridad competente para conocer del proceso judicial promovido.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-5576 al Juzgado 3 Administrativo Oral del Circuito de Montería, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.