Micelio
Auto17 de agosto de 2022

A- de 2022

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Lopez Garcia Cindy Paola·Demandado Sindicato De Trabajadores Asociados De Hospitales Sintrasohop

Tema · dato duro
Conflicto Originado En El Contrato De Trabajo.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Conflictos que se originen en el contrato de trabajo
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 8 Administrativo Oral de Sincelejo y el Juzgado 1° Laboral del Circuito de la misma ciudad.

Dicha controversia recae sobre el conocimiento de la demanda laboral presentada por una ciudadana en contra de Sintrasohop, mediante la cual, solicita que se condene a dicho sindicato al pago de los salarios adeudados, las prestaciones sociales causadas, así como la indemnización correspondiente por el pago tardío de salarios y prestaciones, conforme con lo establecido en el artículo 65 del Código Sustantivo de Trabajo.

Acreditados los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Sala señaló que la Jurisdicción Ordinaria Laboral es la autoridad competente para conocer de las demandas en las que se solicita el reconocimiento de derechos laborales a un sindicato, en el contexto de un contrato sindical, y con independencia de que el empleado haya prestado sus servicios en una E.S.E.

Lo anterior, siempre y cuando no se esté alegando el uso del contrato sindical para encubrir una relación laboral directa con el Estado, que permita aplicar la regla general de vinculación a este tipo de entidades.

En consecuencia, remitió el expediente al Juzgado 1° Laboral del Circuito de Sincelejo para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 8 Administrativo Oral de Sincelejo y el Juzgado 1° Laboral del Circuito de la misma ciudad, y DECLARAR que el conocimiento de la demanda presentada por la señora Cindy Paola López García contra el Sindicato de Trabajadores Asociados de Hospitales, le corresponde tramitarla al Juzgado 1° Laboral del Circuito de Sincelejo.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-773 al Juzgado 1° Laboral del Circuito de Sincelejo para que, de manera inmediata, continúe con el trámite de la referida demanda en los términos expuestos en esta providencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 8 Administrativo Oral de la citada ciudad y a los demás sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.