A- de 2022
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Claudia Patricia Madriñan Palacio·Demandado Instituto Colombiano De Bienestar Familiar
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Las tutelas que presenten unidad de objeto, causa y parte pasiva serán repartidas al mismo despacho judicial
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia en materia de tutela suscitado entre el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Armenia y el Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
La Corte encontró que en este caso el primer despacho aplicó de manera acertada las reglas de reparto establecidas en el Decreto 1834 de 2015, en la medida en que comprobó que frente a la acción de tutela que le fue repartida existía identidad de sujeto pasivo, causa y objeto, respecto a otra solicitud de amparo que inicialmente le fue repartida al otro juzgado involucrado.
Con base en lo anterior, la Sala Plena de la Corporación consideró que era procedente dar plenos efectos a lo dispuesto en la precitada norma y, por esa vía salvaguardar los principios de igualdad, coherencia y seguridad jurídica.
En consecuencia, se deja sin efectos el auto que profirió el Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Armenia para negar la acumulación de procesos y, a su turno, se dispuso el envío del expediente a dicho operador jurídico, para que, de forma inmediata, continúe con el trámite respectivo y profiera la decisión de fondo a la que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 21 de junio de 2022 proferido por el Juzgado
- Tercero. Administrativo del Circuito de Armenia, dentro del Expediente ICC-4228.
- SEGUNDO. REMITIR al Juzgado
- Tercero. Administrativo del Circuito de Armenia el expediente ICC-4228 para que, de forma inmediata, continúe con el trámite respectivo y profiera la decisión a la que haya lugar en relación con la acción de tutela interpuesta por Claudia Patricia Madriñán Palacio en contra del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
- TERCERO. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado Penal del Circuito Especializado de Armenia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.