Micelio
Auto12 de agosto de 2022

A- de 2022

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Reyes Contreras Leonardo Y Otros·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda
  • Demandante debe efectuar razonamiento mínimo para constatar yerro o arbitrariedad
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

En el auto de rechazo se aludió a los requisitos de admisibilidad de las demandas de inconstitucionalidad y, en concreto, a las exigencias de debe cumplir un cargo por omisión legislativa relativa.

La Sala Plena de la Corporación consideró que el recurso propuesto no prospera debido a que los accionantes no lograron desvirtuar las razones vertidas en el auto cuestionado, específicamente en torno a los reproches formulados a la ausencia de certeza, pertinencia, especificidad y suficiencia.

Concluyó, como lo hizo la magistrada sustanciadora, que los actores no subsanaron en debida forma los defectos que se advirtieron en el auto inadmisorio.

Con base en lo anterior se CONFIRMÓ el auto recurrido.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR el Auto del 11 de julio de 2022, mediante el cual la magistrada Cristina Pardo Schlesinger rechazó la demanda de inconstitucionalidad formulada por los ciudadanos Leonardo Reyes Contreras, David Francisco Franco Moreno y Gerardo Díaz Joya en contra del literal a) (parcial) del artículo 33 del Decreto Ley 1045 de 1978, expediente D-14844.
  2. Segundo. Proceda la Secretaría General de la Corte Constitucional a comunicarles el contenido de esta decisión a los recurrentes.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.