Micelio
Auto8 de marzo de 2017

A- de 2017

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Jesus Herney Cifuentes Gomez

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Nulidad Sentencia De Constitucionalidad
  • Rechazar por cuanto no se cumplen los requisitos de oportunidad, legitimación y carga argumentativa
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de nulidad de la Sentencia C-285/16.

A juicio del peticionario, la Corte se excedió en el ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, en la medida en que sus potestades se circunscriben a declarar la exequibilidad o inexequibilidad de los actos reformatorios de la Constitución, pero en ningún caso a modificar de manera directa la misma, como efectivamente lo hizo al reconfigurar directamente, sin la mediación del órgano constituyente primario o secundario, el alcance del ordenamiento superior, en lo referente a los órganos de gobierno y administración de la Rama Judicial.

Teniendo en cuenta que la nulidad formulada no satisface los presupuestos formales de procedencia, la Sala Plena de la Corporación decide RECHAZARLA.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. RECHAZAR de la solicitud de nulidad de la sentencia C-285 de 2014 presentada por el ciudadano Jesús Herney Cifuentes Gómez.
  2. SEGUNDO. NOTIFIQUESE la presenta providencia al solicitante e infórmesele que contra la misma no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.