A-1167 de 2026
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencias entre la Sala Civil, Familia y Laboral del Tribunal Superior de Montería y la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior de Antioquia.
La controversia entre los precitados despachos se originó porque el primero declaró su falta de competencia y ordenó remitir el expediente a la segunda, alegando que consideraba que carecía de competencia funcional para resolver la impugnación presentada en contra de la sentencia proferida por un juzgado civil del circuito especializado en restitución de tierras de Montería, porque el superior jerárquico de dicha autoridad era la segunda Corporación en conflicto, de conformidad con disposiciones del Consejo Superior de la Judicatura y de la Corte Suprema de Justicia.
Se dirimió el conflicto con la remisión del expediente a la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior de Antioquia para que, de manera inmediata, proceda con lo de su competencia.
Se advirtió a dicha Corporación que, los conflictos de competencia en materia de tutela deben proponerse ante la autoridad judicial que actúe como superior jerárquico común, en los términos de la Ley Estatutaria 270 de 1996 y el precedente constitucional.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. � DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 15 de julio de 2026 por la Sala Civil Especializada en Restituci�n de Tierras del Tribunal Superior de Antioquia en la acci�n de tutela con n�mero de radicaci�n 23001-31-21-001-2026-10081-02.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-5541 a la Sala Civil Especializada en Restituci�n de Tierras del Tribunal Superior de Antioquia, para que proceda con lo de su competencia.
- TERCERO. ADVERTIR a la Sala Civil Especializada en Restituci�n de Tierras del Tribunal Superior de Antioquia que los conflictos de competencia en materia de tutela deben proponerse ante la autoridad judicial que act�e como superior jer�rquico com�n, en los t�rminos de la Ley Estatutaria 270 de 1996 y el precedente constitucional.�
- CUARTO. Por intermedio de la Secretar�a General, COMUNICAR la presente decisi�n a los sujetos procesales en la acci�n de tutela con radicaci�n 23001-31-21-001-2026-10081-01, a la Sala Civil, Familia y Laboral del Tribunal Superior de Monter�a y a la Sala Civil Especializada en Restituci�n de Tierras d el Tribunal Superior de Antioquia. Notif�quese, comun�quese y c�mplase, PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente ICC-5541. Carpeta � 2. Expediente �, archivo 002.� [2] Expediente ICC-5541. Carpeta � 23001312100120261008102.zip �, subcarpeta � Primera instancia �, archivo 002. [3] Expediente ICC-5541. Carpeta � 23001312100120261008102.zip �, subcarpeta � Primera instancia �, archivo 005. [4] Expediente ICC-5541. Carpeta � 23001312100120261008102.zip �, subcarpeta � Primera instancia �, archivo 007. [5] Expediente ICC-5541. Carpeta � 23001312100120261008102.zip �, subcarpeta � Primera instancia �, archivo 008. [6] Expediente ICC-5541. Carpeta � 23001312100120261008102.zip �, subcarpeta � Primera instancia �, archivo 010. [7] Expediente ICC-5541. Carpeta � 23001312100120261008102.zip �, subcarpeta � Segunda instancia �, archivo 004. [8] Expediente ICC-5541. Carpeta � 23001312100120261008102.zip �, subcarpeta � 2_Reparto de proceso �, archivo 004. [9] Expediente ICC-5541. Carpeta � 23001312100120261008102.zip �, subcarpeta � 6_Envio Proceso �, archivo 002. [10] Corte Constitucional, Auto 486 de 2017. [11] V�ase: Corte Constitucional, autos 019 de 2009, 529 de 2016, 558 de 2016, 341 de 2017, 225 y 226 de 2018. [12] Corte Constitucional, Auto 521 de 2017. Reiterado en los Autos 532, 533, 543 y 602 de 2017; 262, 226, 433, 452 y 480 de 2018, entre otros. [13] Corte Constitucional, auto 101 de 2013. [14] V�ase, tambi�n: Corte Constitucional, autos 101 de 2013 y 262 de 2018. [15] Corte Constitucional, autos 225 y 226 de 2018. [16] V�ase, entre otros: Corte Constitucional, Autos 052 de 2017; 059 de 2017; 067 de 2017; 086 de 2017; 087 de 2017; 106 de 2017; 152 de 2017; 171 de 2017; 197 de 2017; 332 de 2017; y 325 de 2018. [17] Esta tesis, seg�n la cual el superior jer�rquico de los Juzgados Civiles del Circuito Especializados en Restituci�n de Tierras corresponde actualmente al Distrito Judicial Civil Especializado respectivo (en virtud de los Acuerdos PCSJA24-12141 y PCSJA24-12142 de 2024), fue adoptada formalmente por la Corte Suprema de Justicia a partir del auto APL1949-2025 del 20 de marzo de 2025. Posteriormente, este mismo criterio funcional ha sido defendido, consolidado y reiterado por dicha corporaci�n judicial en m�ltiples providencias, como los autos: ATC2134-2025, ATC1801-2025, APL3583-2025, APL2480-2025, APL2482-2025, APL2483-2025, ATC1744-2025, ATC1813-2025 y ATC649-2025. [18] Consejo Superior de la Judicatura, Acuerdo PCSJA20-11702 de 2020 �Por el cual se modifica el mapa judicial de los despachos civiles especializados en restituci�n de tierras, se disponen algunos traslados de despachos y cargos y, se dictan otras medidas�. [19] Consejo Superior de la Judicatura, PCSJA23-12067 de 2023 �Por medio del cual se crean unos despachos y cargos de car�cter permanente en la Jurisdicci�n Ordinaria a nivel nacional�. [20] Consejo Superior de la Judicatura, Acuerdo PCSJA24-12141 de 2024 �Por el cual se modifica el mapa judicial de los despachos civiles especializados en restituci�n de tierras�. [21] Consejo Superior de la Judicatura, Acuerdo PCSJA24-12142 de 2024 �Por el cual se modifica el art�culo 4 del Acuerdo PCSJA24-12141 de 2024�. [22] Consejo Superior de la Judicatura, Acuerdo PCSJA24-12141 de 2024 �Por el cual se modifica el mapa judicial de los despachos civiles especializados en restituci�n de tierras�. [23] Por ejemplo, la ejecuci�n de las medidas contempladas en la Ley 2213 de 2022 para las tecnolog�as de la informaci�n en las actuaciones judiciales, el sistema de �Tutela en L�nea� para presentar acciones de tutela y habeas corpus en todo el pa�s y la digitalizaci�n del tr�mite eventual de revisi�n en la Corte Constitucional. [24] V�ase: Corte Constitucional, Auto 488 de 2025.