A- de 2023
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Ministerio De Educacion Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio·Demandado Angel Arango Olga Lucia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre procesos ejecutivos originados en condenas impuestas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Veintinueve Administrativo Oral del Circuito de Medellín y el Juzgado Veinticuatro Civil Municipal de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la solicitud de ejecución de providencia judicial que formuló el FOMAG para lograr el pago de las costas a las que fue condenada una ciudadana dentro de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso en contra de la entidad y en la cual ésta resultó absuelta.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión del Auto 008 de 2022, mediante la cual se estableció que el conocimiento de las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por jueces de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, formuladas a continuación del proceso en el que se emitieron las condenas cuya ejecución se reclama, corresponde a esa misma jurisdicción de acuerdo con los artículos 298 y 306 del CPACA y el artículo 306 del CGP.
Con base en lo anterior se remite el expediente al Juzgado Veintinueve Administrativo Oral del Circuito de Medellín para que, de manera inmediata, continúe con el trámite de la referida solicitud y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Veintinueve Administrativo Oral del Circuito de Medellín (Antioquia) y el Juzgado Veinticuatro Civil Municipal de la misma ciudad y DECLARAR que el conocimiento de la solicitud de ejecución presentada por el Ministerio de Educación - Fondo de Prestaciones Social del Magisterio - contra la señora Julieta Mejía Hoyos corresponde al Juzgado Veintinueve Administrativo Oral del Circuito de Medellín (Antioquia).
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-2644 al Juzgado Veintinueve Administrativo Oral del Circuito de Medellín (Antioquia) para que, de manera inmediata, continúe con el trámite de la referida solicitud y para que comunique la presente decisión al Juzgado Veinticuatro Civil Municipal de la misma y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.