A- de 2023
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Consorcio Medidores Ls Igrama·Demandado Empresa De Acueducto De Bogota Eaab
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias contractuales en las que sean parte empresas de servicios públicos de carácter público
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 60 Administrativo del Circuito de Bogotá y el Juzgado 17 Civil del Circuito de la misma ciudad.
Dicha controversia recae sobre el conocimiento de la demanda de controversias contractuales por parte de un consorcio en contra de la EAAB, en la que se solicitó, entre otras cosas, la liquidación del contrato suscrito entre las partes, así como la declaratoria de nulidad de los actos administrativos en los que se declaró su incumplimiento y, por ende, se solicitó el reconocimiento de los perjuicios ocasionados.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Sala resolvió con base en la regla fijada en el auto 1660 de 2022 que, la jurisdicción de lo contencioso administrativo es la competente para conocer sobre las controversias relativas a los contratos celebrados entre particulares y las empresas de servicios públicos domiciliarios oficiales, según lo dispuesto por el numeral 5° del artículo 14 de la Ley 142 de 1994, el artículo 141 y el numeral 2° del artículo 104 del CPACA.
Con fundamento en lo anterior, la Sala ordenó remitir el expediente al Juzgado 60 Administrativo del Circuito de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 60 Administrativo del Circuito de Bogotá y el Juzgado 17 Civil del Circuito de Bogotá, y DECLARAR que Juzgado 60 Administrativo del Circuito de Bogotá es la autoridad competente para conocer del medio de control de controversias contractuales interpuesto por el Consorcio Medidores LS-IGRAMA, actuando a través de apoderado judicial, en contra de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -EAAB ESP-.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-2366 al Juzgado 60 Administrativo del Circuito de Bogotá, para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado 17 Civil del Circuito de Bogotá.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.