A- de 2025
Ponente Vladimir Fernández Andrade
✓Demandante Jaimes Moya Jose Martin·Demandado Television Regional Del Oriente Canal Tro Ltda
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 005 Laboral del Circuito de Bucaramanga y el Juzgado 003 Administrativo de misma la ciudad, suscitado por una demanda ordinaria laboral instaurada por un ciudadano, en contra de Televisión Regional del Oriente Limitada Canal Tro Ltda., con el fin, entre otros, de que se declare: la existencia de un contrato de trabajo a término indefinido por vía del contrato realidad; que el salario percibido por el demandante era el valor de los honorarios pactados y; se ordene el pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones correspondientes.
Cumplidos los presupuestos para la configuración del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera necesario reiterar la regla de decisión establecida en el Auto 492/21, según la cual, la jurisdicción contencioso administrativa es la competente para conocer y decidir de fondo un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral, presuntamente encubierta a través de la sucesiva suscripción de contratos de prestación de servicios con el Estado.
Ello se aplica por cuanto, en este caso, la entidad en cuestión es Televisión Regional del Oriente Limitada Canal Tro Ltda., conforme con sus estatutos, se constituye como una empresa industrial y comercial del Estado, sujeta al control y vigilancia de la Comisión de Regulación de Comunicaciones, la Agencia Nacional del Espectro, el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, y la Superintendencia de Industria y Comercio.
La Corte remite el expediente al Juzgado 003 Administrativo de Bucaramanga para que proceda conforme.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 005 Laboral del Circuito de Bucaramanga y el Juzgado 003 Administrativo de la misma ciudad y, DECLARAR que el Juzgado 003 Administrativo de Bucaramanga es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por la apoderada judicial de José Martin Jaimes Moya en contra de la Televisión Regional del Oriente Limitada Canal Tro Ltda.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-6179 al Juzgado 003 Administrativo de Bucaramanga para que proceda conforme a lo previsto por la presente providencia y para que comunique esta decisión al Juzgado 005 Laboral del Circuito de Bucaramanga y a los interesados en el presente trámite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.