Micelio
Auto31 de enero de 2024

A- de 2024

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Marin Salazar Jovanny·Demandado Empresas Publicas De Armenia Esp

Tema · dato duro
Solicitud De Declaratoria De Existencia De Relación Laboral Encubierta A Través De La Celebración Sucesiva De Contratos De Prestación De Servicios.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto negativo de jurisdicción entre la Sala Civil, Familia, Laboral del Tribunal Superior de Armenia y el Juzgado Séptimo Administrativo Oral de la misma ciudad.

La causa de la controversia radica en demanda ordinaria laboral instaurada por un ciudadano, en contra de Empresas Públicas de Armenia E.S.P., con el fin de que se declare la existencia de un contrato realidad, suscrito bajo la modalidad del contrato de prestación de servicios, por lo que solicita se condene a la demandada al pago de los conceptos salariales, las prestaciones sociales dejadas de percibir durante la vigencia de dicha relación, entre otras pretensiones.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera aplicable la regla dispuesta en Auto 492 de 2021 y reiterada en Auto 901 de 2021, de acuerdo con la cual, de conformidad con el artículo 104 del CPACA, la jurisdicción contencioso administrativa es la competente para conocer y decidir de fondo un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral, presuntamente encubierta a través de la sucesiva suscripción de contratos de prestación de servicios con el Estado.

En consecuencia, la Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado Séptimo Administrativo Oral de Armenia, para que proceda con lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a la Sala Civil, Familia, Laboral del Tribunal Superior de la misma ciudad, a los sujetos procesales e interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicción suscitado entre la Sala Civil, Familia, Laboral del Tribunal Superior de Armenia y el Juzgado
  2. Séptimo. Administrativo Oral de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  3. Séptimo. Administrativo Oral de Armenia es la autoridad competente para conocer la demanda promovida por el señor Jovanny Marín Salazar contra Empresas Públicas de Armenia E.S.P.
  4. SEGUNDO. REMITIR por medio de la Secretaría General de esta corporación, el expediente CJU-4737 al Juzgado
  5. Séptimo. Administrativo Oral de Armenia, para que proceda con lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a la Sala Civil, Familia, Laboral del Tribunal Superior de la misma ciudad, a los sujetos procesales e interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.