Micelio
Auto12 de agosto de 2022

A- de 2022

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Vanegas Londoño Hernan Dario·Demandado Notaria Cuarta De Medellin Dr. Garces Correa Francisco Alonso

Tema · dato duro
Demanda Contra Una Notaría, Cuyo Objeto Es La Presunta Configuración De Un Daño Antijurídico Por El Desempeño De La Función Administrativa Y Pública Notarial.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Actividad Notarial
  • Función pública de dar fe
Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Conflictos sobre actos propios de la función notarial
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Veintiséis Civil Municipal de Medellín y el Juzgado Quince Administrativo Oral de la misma ciudad.

Existe una controversia respecto del conocimiento de demanda de responsabilidad civil presentada por un ciudadano contra la Notaría Cuarta de Medellín.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte señaló que cuando se interpone una demanda contra una notaría, cuyo objeto es la presunta configuración de un daño antijurídico por el desempeño de la función administrativa y pública notarial -como una falla del servicio-, el estudio del asunto será competencia de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, con fundamento en el artículo 104 de la Ley 1437 de 2011.

Con base en lo anterior se ordena el envío el envío del expediente al Juzgado Quince Administrativo Oral del Circuito de Medellín para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al otro operador jurídico involucrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Veintiséis Civil Municipal de Medellín y el Juzgado Quince Administrativo Oral del Circuito de Medellín, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Quince Administrativo Oral del Circuito de Medellín es la autoridad competente para conocer la demanda de responsabilidad civil interpuesta por Claudia Nelly Gutiérrez Arango, actuando en representación de Hernando Darío Vanegas Londoño, en contra de la Notaría Cuarta de Medellín.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-1162 al Juzgado Quince Administrativo Oral del Circuito de Medellín para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado Veintiséis Civil Municipal de Medellín.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.