Micelio
Auto12 de agosto de 2022

A- de 2022

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante De Oficio Hugo·Demandado Hugo

Tema · dato duro
Ausencia Del Factor Institucional-La Autoridad Indígena No Acreditó La Existencia De Garantías Efectivas Tanto Para El Procesado Como Para La Víctima En La Presunta Comisión Del Delito De Acceso Carnal Abusivo Con Menor De Catorce Años.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria
  • Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Primero Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Valledupar y el Resguardo Indígena de Businchama (Territorio Ancestral Arhuaco).

Dicha controversia se suscita respecto de la competencia jurisdiccional para conocer y decidir sobre la causa penal seguida en contra de un ciudadano indígena por la presunta comisión del delito de “acceso carnal abusivo con menor de catorce años”.

Al adelantar el ejercicio de ponderación requerido para la activación de la jurisdicción especial indígena, la Corte encuentra que, si bien se satisfacen los presupuestos personal y territorial, no se logró constatar el cumplimiento del presupuesto objetivo ni el institucional.

Este último requisito ostenta la mayor relevancia o incidencia para la resolución del conflicto debido a la especial gravedad del delito.

Se encuentran de por medio los derechos de una menor de edad, sujeto de especial protección constitucional, a quien se le debe garantizar la satisfacción de sus derechos y la existencia de medidas de protección y reparación en el proceso en el cual es víctima.

Por lo tanto, para los efectos del asunto sub examine, la jurisdicción especial indígena no puede asumir el conocimiento del proceso penal.

Con fundamento en lo anterior, la Sala Plena de la Corte Constitucional remitió el expediente al Juzgado Primero Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Valledupar para lo de su competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
  2. Primero. Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Valledupar y el Resguardo Indígena de Businchama (Territorio Ancestral Arhuaco) en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  3. Primero. Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Valledupar es la autoridad competente para conocer del proceso penal adelantado en contra de Hugo.
  4. SEGUNDO. REMITIR?el expediente CJU-656 al Juzgado
  5. Primero. Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Valledupar para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Resguardo Indígena de Businchama y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónJosé Fernando Reyes Cuartas
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por7
A. 961/24Incumplimiento Del Factor Institucional-Factor Objetivo No Es Determinante-Interés Superior De Los Niños, Niñas Y Adolescentes-Delito Contra La Integridad Sexual-Conducta De Alto Nivel De Nocividad Para La Sociedad Mayoritaria-La Comunidad Indígena No Acreditó La Existencia De Procedimientos Efectivos Para La Satisfacción Plena De Los Derechos Del Procesado Y La Victima.A. 2013/24Incumplimiento De Los Factores Territorial E Institucional-La Comunidad Indígena No Acreditó Que Cuente Con Mecanismos Para Garantizar Los Derechos De Los Niños, Niñas Y Adolescentes, Que Presuntamente Han Sido Víctimas De Violencia Sexual.A. 1856/24Incumplimiento Del Factor Institucional- El Factor Objetivo No Es Determinante- Acceso Carnal Abusivo Conducta De Alto Nivel De Nocividad Para La Sociedad Mayoritaria- Falta De Acreditación De Un Sistema De Investigación, Sanción Y Juzgamiento De Delitos Sexuales Que Garantice El Interés Superior De Los Niños, Niñas Y Adolescentes.A. 1839/24Incumplimiento Del Factor Personal, Territorial E Institucional-Factor Objetivo No Es Determinante-Violencia Sexual Contra Las Mujeres Menores De Edad Tiene Un Elevado Grado De Nocividad Social-La Comunidad Indígena No Acreditó La Existencia De Procedimientos Efectivos Para La Satisfacción Plena De Los Derechos De La Víctima Y El Debido Proceso.A. 1796/24Inexistencia De Conflicto Entre Jurisdicciones-Elemento Subjetivo-Solo Una Autoridad Suscitó La Controversia-El Principio De Interés Superior Del Niño En Conflictos De Jurisdicción.A. 1491/24Incumplimiento De Los Factores Institucional Y Objetivo-Acceso Carnal Abusivo Como Conducta De Alto Nivel De Nocividad Para La Sociedad Mayoritaria.
Ver las 7

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.