Micelio
Auto23 de julio de 2025

A- de 2025

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante Herrera Ávila Gustravo Alberto·Demandado --

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Rechazo Demanda De Inconstitucionalidad
  • Requisitos de procedencia
  • Incumplimiento de la carga argumentativa
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda se rechazó porque el demandante no corrigió los defectos que fueron expuestos en el auto de inadmisión y solo se limitó a insistir en sus planteamientos iniciales.

La Sala Plena de la Corporación encontró insatisfecho el requisito de carga argumentativa, en la medida en que ninguno de los planteamientos consignados en el recurso configuró un verdadero motivo de disenso contra la decisión recurrida que diera cuenta de algún error en el que habría podido incurrir en ella.

Con base en lo anterior, se RECHAZÓ por improcedente la súplica formulada en esta oportunidad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. RECHAZAR por improcedente, al no satisfacer el requisito de carga argumentativa, el recurso de súplica interpuesto por Gustavo Alberto Herrera Ávila contra el auto del 20 de junio de 2025 que rechazó su demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 11 (parcial) de la Ley 143 de 1994.
  2. Segundo. Contra esta decisión no proceden recursos.
  3. Tercero. Ejecutoriada esta decisión, ARCHIVAR el expediente D-16564.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.