A- de 2023
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Ramírez Sarmiento Carlos Alberto Y Otros·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia por cuanto el recurso de súplica no presenta argumentos que desvirtúen las razones constitutivas del rechazo de la demanda
- Demandante debe efectuar razonamiento mínimo para constatar yerro o arbitrariedad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica.
El rechazo se dio frente al cargo segundo de la demanda de inconstitucionalidad de la referencia, por cuanto los planteamientos expuestos por los accionantes en su escrito de corrección no logaron subsanar la falta de pertinencia de la acusación.
La Sala Plena de la Corporación concluyó que el recurso sometido a consideración no tiene vocación de prosperar debido a que, si bien cumplió la carga argumentativa exigida para controvertir el rechazo de la demanda, las razones en él expuestas no lograron desvirtuar los fundamentos de la providencia cuestionada.
Con base en lo anterior se DENEGÓ la súplica invocada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (27 puntos)
- Primero. NEGAR el recurso de súplica presentado por Andrés Mauricio Conde Toledo, Carlos Alberto Ramírez Sarmiento y Álvaro Cubillos Ruiz contra el auto del 11 de mayo de 2023 mediante el cual se rechazó el cargo
- segundo. de la demanda de inconstitucionalidad formulada por dichos ciudadanos en contra del artículo 95 de la Ley 2277 de 2022.
- Segundo. COMUNICAR, a través de la Secretaría General de la Corte, el contenido de esta decisión a los demandantes, indicándoles que contra esta no procede recurso alguno.
- Tercero. RETORNAR las diligencias al despacho del magistrado sustanciador para que allí se continúe con proceso de constitucionalidad respecto de los cargos que sí fueron admitidos.
- Notifíquese y cúmplase,
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Presidenta
- NATALIA ÁNGEL CABO
- Magistrada
- Ausente con comisión
- JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
- Magistrado
- JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
- Magistrado
- No participa
- ALEJANDRO LINARES CANTILLO
- Magistrado
- ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
- Magistrado
- PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
- Magistrada
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Magistrada
- JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- Ausente con comisión
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.