Auto18 de agosto de 2026
A-1129 de 2026
✓
Tema · dato duro
Sin Información
01
Temas y subtemas del fallo
Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Sin información
Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. INCORPORAR al expediente de seguimiento al Estado de Cosas Inconstitucional del Sistema Penitenciario y Carcelario los siguientes elementos materiales recaudados durante la inspecci�n judicial del 12 de mayo de 2026: (i) el acta de la diligencia suscrita por el Magistrado Sustanciador y los magistrados auxiliares concurrentes; (ii) los registros f�lmicos y fotogr�ficos a cargo del Centro de Documentaci�n Judicial -CENDOJ- y de la Oficina de Divulgaci�n y Prensa de esta Corporaci�n; y (iii) la respuesta al cuestionario entregado al Director de la CPAMS Valledupar, una vez radicada en la Secretar�a General.
- SEGUNDO. ORDENAR a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios �USPEC� y al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario �INPEC� que, dentro de los treinta (30) d�as h�biles siguientes a la notificaci�n de la presente providencia, dise�en, adopten e implementen un plan inmediato de mitigaci�n del riesgo t�rmico y de ventilaci�n para la CPAMS Valledupar. Ese plan deber� asegurar, como m�nimo: (i) acceso continuo y verificable a agua potable; (ii) puntos de hidrataci�n permanentes; (iii) ajuste razonable de los horarios de permanencia en patio durante las horas de mayor carga t�rmica; (iv) protocolos de respuesta r�pida frente al agotamiento por calor y a la deshidrataci�n; y (v) instalaci�n de medidas temporales y seguras de ventilaci�n efectiva en pabellones y �reas cr�ticas, mientras se ejecutan las soluciones definitivas. En el marco de este plan, el INPEC evaluar� la viabilidad t�cnica y reglamentaria de la apertura diurna de celdas durante las horas de mayor carga t�rmica, y rendir� informe espec�fico sobre esa evaluaci�n dentro del mismo t�rmino. �
- TERCERO. ORDENAR al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario �INPEC� que, dentro de los cuarenta y cinco (45) d�as h�biles siguientes a la notificaci�n de la presente providencia, elabore y remita a esta Sala Especial un censo nominal de la poblaci�n privada de la libertad especialmente vulnerable al calor extremo en la CPAMS Valledupar, que identifique, como m�nimo, personas mayores, personas con enfermedades cardiovasculares, respiratorias, renales, metab�licas o mentales, personas con discapacidad y personas que reciban medicamentos que puedan alterar la termorregulaci�n.
- CUARTO. ORDENAR. Al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario �INPEC�, a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios �USPEC� y al prestador de salud intramural competente que, a partir de la elaboraci�n del censo previsto en el resolutivo TERCERO, adopten medidas diferenciadas y reforzadas de protecci�n respecto de la poblaci�n privada de la libertad all� identificada. Esas medidas comprender�n, en lo materialmente posible: (i) la reubicaci�n prioritaria de personas en mayor riesgo a pabellones o �reas con mejores condiciones t�rmicas y de ventilaci�n; (ii) la asignaci�n prioritaria de medios seguros de enfriamiento individual; (iii) la vigilancia cl�nica reforzada con frecuencia m�nima a definir por el prestador de salud; (iv) la revisi�n farmacol�gica de los tratamientos con efectos sobre la termorregulaci�n, con los ajustes terap�uticos que correspondan; y (v) la adopci�n de criterios de accesibilidad f�sica para personas mayores y personas con discapacidad, que incluyan la eliminaci�n de barreras arquitect�nicas en las rutas hacia las �reas de sombra y de hidrataci�n, y la proximidad razonable de esas �reas y de los servicios sanitarios y de salud a los espacios de reubicaci�n prioritaria. ���� �
- QUINTO. ORDENAR al Ministerio de Salud y Protecci�n Social, a la Secretar�a de Salud del Departamento del Cesar y al prestador de salud intramural competente que, dentro de los treinta (30) d�as h�biles siguientes a la notificaci�n de la presente providencia, emitan un concepto t�cnico-sanitario conjunto sobre el riesgo t�rmico y de ventilaci�n en la CPAMS Valledupar, con definici�n de los eventos cl�nicos a vigilar, criterios de clasificaci�n cl�nica y remisi�n, frecuencia m�nima de monitoreo, insumos requeridos y lineamientos para la vigilancia epidemiol�gica institucional. �
- SEXTO. ORDENAR a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios �USPEC� que, dentro de los treinta (30) d�as h�biles siguientes a la notificaci�n de la presente providencia, contrate o disponga un diagn�stico t�cnico independiente de las condiciones t�rmicas, de ventilaci�n, de confort ambiental y de capacidad el�ctrica instalada en la CPAMS Valledupar, el cual deber� ser entregado a esta Sala Especial en un plazo no mayor a noventa (90) d�as h�biles contados desde la fecha de su contrataci�n o disposici�n. Ese diagn�stico incluir�: (i) mediciones por franjas horarias; (ii) variables de temperatura del aire; (iii) humedad relativa; (iv) velocidad del aire; (v) radicaci�n t�rmica y temperatura superficial; (vi) evaluaci�n de sombra efectiva; (vii) an�lisis de materiales y superficies; (viii) evaluaci�n de la capacidad real de la red el�ctrica; (ix) identificaci�n de riesgos asociados a ventiladores u otros sistemas de enfriamiento; y (x) recomendaciones de intervenci�n escalonada. S�PTIMO . ORDENAR a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios �USPEC� que, dentro de los cuarenta y cinco (45) d�as h�biles siguientes a la entrega del diagn�stico previsto en el resolutivo SEXTO, y previa recepci�n y evaluaci�n del concepto t�cnico del Comit� de Expertos Voluntarios de que trata el resolutivo OCTAVO, formule y remita a esta Sala un proyecto definitivo de mitigaci�n t�rmica, ventilaci�n y adecuaci�n el�ctrica para la CPAMS Valledupar, con memoria t�cnica, estudios y dise�os, presupuestos discriminados, cronograma de ejecuci�n por fases, fuentes de financiaci�n, esquema de operaci�n y mantenimiento, y priorizaci�n de las �reas de mayor permanencia bajo radiaci�n solar directa y de los pabellones con ventilaci�n m�s precaria. El proyecto incorporar�, de manera expresa, soluciones permanentes y no meramente contingentes, evaluando e imp
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04
Cómo se conecta
Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.